El sacramento de la Confesión devuelve al pecador la gracia santificante, pero está obligado a reparar el daño hecho mediante la penitencia
![]() |
Prostock-studio | Shutterstock |
Los católicos
tenemos un sacramento que nos da la certeza de que Dios nos perdona después de
cometer un pecado grave: la Confesión, también llamado Reconciliación o
Penitencia. Este fue instituido por el Señor Jesús, porque sabía que no basta
con creer que estamos perdonados. Él quiso que estuviésemos seguros de ello:
"Reciban
al Espíritu Santo. Los pecados serán perdonados a los que ustedes se los
perdonen, y serán retenidos a los que ustedes se los retengan" (Jn 20
22-23)
Dios nos
perdona sin condiciones
Pero para
recibir el perdón debemos reconocernos pecadores, sentir dolor por nuestras
faltas y tener la firme intención de no volver a pecar. Y profundizar en
nuestra mente y corazón para no quedarnos con nada:
"En
cambio, lo que sale de la boca procede del corazón, y eso es lo que mancha al
hombre. Del corazón proceden las malas intenciones, los homicidios, los
adulterios, las fornicaciones, los robos, los falsos testimonios, las
difamaciones". (Mt 15, 18-19)
Luego de la
confesión, Dios, a través del sacerdote, nos da el perdón que se recibe con un
corazón contrito. Entonces, Dios nunca recordará los pecados perdonados. Él nos
perdona sin condiciones, como el Señor Jesús lo ilustró bellamente con la
parábola del hijo pródigo: "porque mi hijo estaba muerto y ha vuelto a la
vida, estaba perdido y fue encontrado" (Lc 15, 24).
Sin embargo, el
daño hecho al prójimo hay que repararlo de algún modo. Dice el Catecismo de la
Iglesia católica:
"Muchos
pecados causan daño al prójimo. Es preciso hacer lo posible para repararlo (por
ejemplo, restituir las cosas robadas, restablecer la reputación del que ha sido
calumniado, compensar las heridas). La simple justicia exige esto".
CEC 1459
Conversión y
penitencia
Es verdad que
Dios perdona, pero a nosotros nos corresponde arreglar los desperfectos de
nuestros malos actos. Como leemos en el Catecismo:
"Pero
además el pecado hiere y debilita al pecador mismo, así como sus relaciones con
Dios y con el prójimo. La absolución quita el pecado, pero no remedia todos los
desórdenes que el pecado causó" (cf Concilio de Trento: DS 1712).
CEC 1459
Por eso,
tenemos que hacer penitencia:
"Liberado
del pecado, el pecador debe todavía recobrar la plena salud espiritual. Por
tanto, debe hacer algo más para reparar sus pecados: debe 'satisfacer' de
manera apropiada o 'expiar' sus pecados. Esta satisfacción se llama también
'penitencia'".
CEC 1459
El confesor nos
dirá de qué manera podemos reparar el daño:
"La penitencia que
el confesor impone debe tener en cuenta la situación personal del penitente y
buscar su bien espiritual. Debe corresponder todo lo posible a la gravedad y a
la naturaleza de los pecados cometidos. Puede consistir en la oración, en
ofrendas, en obras de misericordia, servicios al prójimo, privaciones
voluntarias, sacrificios, y sobre todo, la aceptación paciente de la cruz que
debemos llevar".
CEC 1460
Agradezcamos a
Dios por su misericordia y acerquémonos con confianza al sacramento de la
Reconciliación.
Mónica Muñoz
Fuente: Aleteia