La Eucaristía es el don supremo de Jesucristo; y es Él quien exige el estado de gracia para recibirla
Pregunta:
Sé
perfectamente que cuando una pareja no se casa por la Iglesia sino sólo ante
las leyes civiles, no puede acercarse a la comunión. Ahora, las variables son
muchas, pero en todo caso: ¿no cree que si una de las partes siente la
necesidad imperiosa de recibir a Jesús Sacramentado, no tiene ésta el derecho
de recibirlo (hablo del derecho de ser también partícipe de la Salvación y del
Jubileo de estar en Dios aunque no sea por el sacramento del matrimonio)?
¿Podría
aclararme por qué los no casados por la Iglesia, pierden esa oportunidad de
acercarse a la comunión? ¿se dan cuenta de que esa es una de las tantas maneras
para que el que cree en la Santísima Trinidad se retire de la Iglesia y lo que
es peor pueda unirse a una secta religiosa?
No digo
que hay que faltar el respeto al sacramento como tal, pero en el caso que uno
de los dos crea en Dios o sienta la necesidad de recibirlo a través de la
comunión, la Iglesia debería darle esa oportunidad. Al fin de cuentas Jesús
vino para los que necesitaban de Dios.
Les ruego
despejar esta duda y espero que me sepan disculpar cualquier imprudencia.
Respuesta:
Estimado amigo:
Comprendo su inquietud. Le
recuerdo que en el año 1984, la Congregación para la doctrina de la Fe publicó
una Carta sobre la recepción de la comunión por parte de los divorciados vueltos
a casar. En este documento se recuerda que «merecen una especial atención las
dificultades y los sufrimientos de aquellos fieles que se encuentran en
situaciones matrimoniales irregulares» [1]. Y se menciona la caridad y
misericordia con que deben ser tratados. Sin embargo, al mismo tiempo se nos
recuerda que hay que ser «conscientes… de que la auténtica comprensión y la
genuina misericordia no se encuentran separadas de la verdad», y por eso, «los
pastores tienen el deber de recordar a estos fieles la doctrina de la Iglesia
acerca de la celebración de los sacramentos y especialmente de la recepción de
la Eucaristía» [2]. He tocado este tema en otras consultas [3].
El problema que se plantea
aquí es la situación objetiva: «se encuentran en una situación que contradice
objetivamente a la ley de Dios y por consiguiente no pueden acceder a
la Comunión eucarística mientras persista esa situación. Esta norma de
ninguna manera tiene un carácter punitivo o en cualquier modo discriminatorio hacia
los divorciados vueltos a casar, sino que expresa más bien una situación
objetiva que de por sí hace imposible el acceso a la Comunión eucarística» [4].
Hay, pues, un
obstáculo por el que la Eucaristía no puede ser recibida. Ese obstáculo es el
pecado mortal. Una de las condiciones necesarias para recibir la Sagrada
Eucaristía es el estado de gracia. Dice Santo Tomás: «Quien está en pecado
mortal, si recibe este sacramento, recibe su condenación»[5]; y el Concilio de
Trento exige formalmente el estado de gracia para poder comulgar: «cuanto más
notoria es a las personas cristianas la santidad y divinidad de este celeste
Sacramento, con tanta mayor diligencia por cierto deben procurar presentarse a
recibirle con grande respeto y santidad; principalmente constándonos aquellas
tan terribles palabras del Apóstol san Pablo: Quien come y bebe indignamente,
come y bebe su condenación; pues no hace diferencia entre el cuerpo del Señor y
otros manjares… Ninguno sabedor de que está en pecado mortal, se acerque, por
muy contrito que le parezca hallarse, a recibir la sagrada Eucaristía, sin
disponerse antes con la confesión sacramental» [6].
Por esto, a
ningún cristiano debidamente preparado se le niega la Comunión eucarística:
puede recibirla con la condición de prepararse debidamente sabiendo a Quien va
a recibir y confesándose previamente si está en pecado mortal, cortando toda
situación de pecado (sin lo cual la misma confesión es inválida pues falta el
propósito de enmienda).
Lo mismo vale
para los casos que Usted me plantea. Dice la Carta arriba mencionada: «Para los
fieles que permanecen en esa situación matrimonial, el acceso a la Comunión
eucarística sólo se abre por medio de la absolución sacramental, que puede ser
concedida únicamente a los que, arrepentidos de haber violado el signo de la
Alianza y de la fidelidad a Cristo, están sinceramente dispuestos a una forma
de vida que no contradiga la indisolubilidad del matrimonio» [7].
Como puede ver,
las personas que están en este estado pueden abrir el camino hacia la Comunión
eucarística «mediante» la confesión y conversión que los dispone adecuadamente
para ello.
Respondiendo a
lo que Usted me dice, una persona que está viviendo en pecado mortal no se
aleja de la Salvación por el hecho de no poder comulgar sino por no confesarse
y no cambiar de vida. De hecho una persona puede salvarse sin comulgar, pero no
puede salvarse sin arrepentirse sinceramente de sus pecados (con el implícito
propósito de enmendarse).
Vuelvo a
insistir: la Iglesia no los aleja de la Eucaristía, sino que el mismo fiel pone
un obstáculo para recibirla por su estado irregular.
Por último,
estrictamente hablando no hay «derecho» a la Eucaristía. La Eucaristía es el
don supremo de Jesucristo; y es Él quien exige el estado de gracia para
recibirla: Jesús le respondió: Si no te lavo, no tienes parte conmigo (Jn
13,8); Quien come y bebe indignamente, come y bebe su condenación; pues no hace
diferencia entre el cuerpo del Señor y otros manjares (1Co 11,29).
Usted dice que
un fiel viviendo en estado de pecado puede «sentir necesidad de la Eucaristía».
Esto es muy cierto; pero debe darse cuenta que en esta «necesidad» está
experimentando principalmente «necesidad de reconciliarse con Dios» para poder
así acceder a la Eucaristía. La Eucaristía es el centro de todos los
sacramentos los cuales se ordenan a Ella como a su fin [8]. En este sentido hay
que tender a la Eucaristía como fin de la vida cristiana, yendo por los medios:
el bautismo ante todo, y luego el sacramento de la penitencia si se hubiese
cometido pecado grave después del bautismo.
Bibliografía
para profundizar:
- Sauras, Emilio,
Teología y espiritualidad del Sacrificio de la Misa, Palabra, Madrid 1981.
- San Pedro Julián Eymard, Obras eucarísticas, Madrid
1963.
- Bernadot, V., De la Eucaristía a la Trinidad,
Barcelona 1940.
[1] Congregación para la Doctrina de la Fe, Carta
sobre la recepción de la comunión por parte de los divorciados vueltos a casar,
n. 2.
[2] Ibid., n. 3.
[3] Cf. El Teólogo Responde, Volumen 1, op. cit.,
pp. 267-270.
[4] Congregación para la Doctrina de la Fe, Carta…,
n. 4.
[5] Santo Tomás, Suma Teológica, III, 80, 4.
[6] Denzinger-Hünermann, nn. 1646, 1661.
[7] Congregación para la Doctrina de la Fe, Carta…,
n. 4.
[8] Cf. Catecismo de la Iglesia Católica, n. 1324;
Concilio Vaticano II, Presbyterorum ordinis, n. 5.
Por: P. Miguel A. Fuentes, IVE
Fuente:
TeologoResponde.org