La ley natural, inscrita por Dios en su creación, está en perfecta armonía con la ley explícitamente revelada por Dios; y ambas deben ser fuente del Derecho positivo
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La ley divina,
contenida en los mandamientos, es culmen para todos los que hemos recibido la
revelación; pero Dios mismo dejó inscrita su amorosa voluntad en la ley
natural, la cual es universal. Esta nunca riñe con la Divina pues su Autor es
el mismo.
A diferencia de
la Divina, la ley natural no exige de la revelación divina para su conocimiento
y práctica esenciales. Y la ley positiva; es decir, la ley creada por el ser
humano, está llamada y obligada a estar en armonía con la natural y, en
consecuencia, con la Divina. Cuando las leyes humanas contrastan con estas, la
primacía del derecho persiste siempre en la natural, que es anterior, superior
y de aplicación universal.
Ley moral
natural
El Compendio de
la Doctrina Social de la Iglesia (CDSI) reconoce la existencia de una
ley moral natural, de carácter universal, que enmarca el recto ejercicio de la
libertad de todas las personas, con todo y sus derechos y deberes:
“La ley natural
no es otra cosa que la luz de la inteligencia infundida en nosotros por Dios.
Gracias a ella conocemos lo que se debe hacer y lo que se debe evitar. Esta luz
o esta ley Dios la ha donado a la creación y consiste en la participación en su
ley eterna, la cual se identifica con Dios mismo” (CDSI, n. 140, con referencia
a la Carta enc. Veritatis splendor, n. 50, Summa
Theologiae de Sto. Tomás de Aquino, y Catecismo de la Iglesia
Católica, nn. 1955-1956).
Atender a la
ley natural permite al ser humano no sólo habitar el mundo en armonía con la
naturaleza creada; sino socializar con amor según el proyecto de Dios que
siempre es conveniente para el ser humano. Obedecer a Dios en su ley natural no
esclaviza, sino libera pues su voluntad es santa y perfecta; provechosa para el
bien personal y el bien común.
La unidad
del género humano
Una de las
propiedades de la ley natural es su capacidad de unir a todos los hombres y
sociedades en un mismo principio. Así lo instruye la moral social de la
Iglesia:
“Aunque su
aplicación requiera adaptaciones a la multiplicidad de las condiciones de vida,
según los lugares, las épocas y las circunstancias, la ley natural es
inmutable, subsiste bajo el flujo de ideas y costumbres y sostiene su progreso.
Incluso cuando se llega a renegar de sus principios, no se la puede destruir ni
arrancar del corazón del hombre. Resurge siempre en la vida de individuos y
sociedades” (CDSI, n. 141, con referencia al CIC, nn. 1957 y 1958).
No obstante que
esta ley (natural) está presente en todo el orden creado y es perceptible por
todos los hombres, se requiere la luz de la gracia para su completa y correcta
comprensión. De ahí la importancia de abrir la voluntad e inteligencia a Dios
para que, con la luz del Espíritu Santo, podamos conocer la perfecta voluntad
de Dios (Cf. CDSI, n. 141), la cual es custodiada y enseñada por el ministerio
de la santa Iglesia católica.
No obstante que
la revelación total no es compartida por todos los hombres, la ley moral no
puede ser ignorada, mucho menos abolida, por voluntad humana. Sus principios
más básicos, son luz y guía para todos, en tanto que somos obra original de
Dios que no se puede contradecir:
“La ley
natural, que es ley de Dios, no puede ser cancelada por la maldad humana. Esta
Ley es el fundamento moral indispensable para edificar la comunidad de los
hombres y para elaborar la ley civil, que infiere las consecuencias de carácter
concreto y contingente a partir de los principios de la ley natural. Si se
oscurece la percepción de la universalidad de la ley moral natural, no se puede
edificar una comunión real y duradera con el otro, porque cuando falta la
convergencia hacia la verdad y el bien, cuando nuestros actos desconocen o
ignoran la ley, de manera imputable o no, perjudican la comunión de las
personas, causando daño” (CDSI, n. 142; con referencia a San Agustín,
Confesiones, 2.4.9; CIC, n. 1959, Carta enc. Veritatis
splendor, 51; Carta enc. Evangelium
vitae, 19-20).
Ley natural
y valores humanos
Los valores
humanos son esenciales, propios e innatos de cada persona ya que “derivan de la
verdad misma del ser humano y expresan y tutelan la dignidad de la persona. Son
valores, por tanto, que ningún individuo, ninguna mayoría y ningún Estado nunca
pueden crear, modificar o destruir” (Juan Pablo II, Carta enc. Evangelium
vitae, 71). Estos valores, continúa señalando san Juan Pablo II, “no se
fundan en mayorías de opinión, provisionales y mudables, sino que deben ser
simplemente reconocidos, respetados y promovidos como elementos de una ley
moral objetiva, ley natural inscrita en el corazón del hombre (cf. Rm
2,15), y punto de referencia normativo de la misma ley civil (Cf. Carta
enc. Evangelium vitae, 70).
Luís Frías
Fuente: Aleteia
