El próximo 9 de mayo, festividad de la Ascensión, el Papa Francisco publicará la Bula Papal para convocar el Jubileo 2025
![]() |
| Dominio público |
El
Año Santo Jubilar ordinario es un período especial de gracia y perdón dentro de
la Iglesia Católica, que se celebra cada 25 años. El próximo Jubileo comenzará
el 24 de diciembre de 2024 con la apertura de la Puerta Santa en la Basílica de
San Pedro y culminará el 24 de diciembre de 2025 con su clausura. Con este motivo viajarán a Roma millones de peregrinos
para ganar la Indulgencia Plenaria siguiendo las normas establecidas.
Se esperan cerca de 35 millones de visitantes a la Ciudad Eterna.
El
jueves 9 de mayo, el Papa Francisco acudirá a la Puerta Santa de la basílica de
San Pedro, cerrada desde el 20 de noviembre 2016, cuando se clausuró el Año Santo Extraordinario
de la Misericordia. Antes de la celebración de las
Vísperas y en el atrio de la Basílica, ante la Puerta Santa, leerá estas
palabras:
“Hermanos:
Que Dios omnipotente y misericordioso reavive en nosotros la esperanza cierta
de la gloria, a la que estamos destinados por la gracia. Hoy, en la Solemnidad
de la Ascensión del Señor, ante la Puerta Santa de la Basílica de San Pedro y
ante la presencia de la Iglesia Peregrina de Roma, entrego a los Arciprestes de
las basílicas papales y a algunos representantes de la Iglesia esparcida por el
mundo y a los Protonotarios apostólicos la Bula “Spes non confundit” con la que
se iniciará el Jubileo del año 2025, para que se de lectura”
A
continuación, uno de los Protonotarios Apostólicos, ante la Puerta Santa, dará lectura a algunas de las partes más
significativas de esta Bula. Poco después tendrá lugar la
procesión solemne en la que se entrará en la Basílica para el rezo de Vísperas.
Durante
esta simbólica ceremonia, tal como se escuchará al pontífice, Francisco entregará el texto de la Bula
a los Arciprestes de la Basílicas papales de San Juan de Letrán, Santa María la
Mayor, San Pablo Extramuros y la Basílica de San Pedro, también
lo hará a algunos representantes de la Iglesia en el mundo y a los
Protonotarios Apostólicos.
La bula del
Jubileo es un documento fundamental para conocer el espíritu con el que cada
pontífice convoca los jubileos junto con las intenciones y los frutos esperados,
en este caso por el Papa Francisco.
Bonifacio VIII fue el primer pontífice que lanzó al mundo la
convocatoria del primer Jubileo “oficial”. El año 1.300, que
muchos veían como la fecha del fin del mundo, se miraba con miedo, pero también
con esperanza. La primera bula registrada en la historia es precisamente la de
aquel Jubileo: ”Antiquorum habet fida relatioi”, fechada el 22 de febrero de
1.300. El el Palacio Lateranense se conserva aún el fresco en el que Giotto
inmortalizó la lectura de aquel documento pontificio
La
tradición dicta que cada Jubileo se proclame a través de la publicación de una
Bula Papal (o Bula Pontificia) de convocatoria. Por “Bula” se entiende un
documento oficial, generalmente escrito en latín, con el sello del Papa, cuya
forma da nombre al documento. Al principio el sello solía ser de plomo
y llevaba en el anverso la imagen de los Santos Apóstoles Pedro y Pablo,
Fundadores de la Iglesia de Roma, y en el reverso el nombre del
Pontífice. Más tarde, un sello de tinta sustituyó el sello
metálico, pero éste se siguió utilizando para los documentos de mayor
importancia. Cada Bula se identifica por sus palabras iniciales. Por ejemplo,
San Juan Pablo II convocó el Gran Jubileo del año 2000 con la Bula
Incarnationis mysterium (“El Misterio de la Encarnación”), mientras que el Papa
Francisco convocó el Jubileo Extraordinario de la Misericordia (2015?2016) con
la Bula Misericordiae vultus (“El rostro de la misericordia”).
En el texto
de la Bula del Jubileo 2025 estarán desarrolladas las principales líneas de
reflexión y motivaciones que ayudarán a los peregrinos a lo largo del Año
Santo.
Para
ganar la indulgencia jubilar
Uno
de los elementos constitutivos de cada Jubileo es la posibilidad de lucrar
indulgencia. Tal como leemos en el catecismo, en el sacramento de la penitencia
Dios concede al pecador arrepentido, por medio del sacramento, la remisión de
la “pena eterna” debida por los pecados graves confesados. Sin embargo, todo pecado, incluso
venial, “entraña apego desordenado a las criaturas que es necesario purificar,
sea aquí abajo, sea después de la muerte, en el estado que se llama
Purgatorio”. “Con la indulgencia se condona al pecador
arrepentido la pena temporal por los pecados ya perdonados en cuanto a la
culpa”.
El decreto
de la Penitenciaría Apostólica, que acompaña la Bula del Papa, recuerda las
normas generales que rigen la concesión de indulgencias, las cuales pueden
obtenerse solamente una vez al día y aplicarse como sufragio por las almas de
los difuntos. Respecto a los requisitos específicos para obtener la indulgencia
jubilar, especifica, a la espera de su publicación, previsiblemente serán los
siguientes:
– En Roma, haciendo una peregrinación a una de las Basílicas
patriarcales, y participando allí en la Santa Misa, en otra celebración
litúrgica o en un ejercicio de piedad; también visitando, en grupo o
individualmente, una de las cuatro Basílicas patriarcales y permaneciendo allí
un cierto tiempo en adoración eucarística o en meditación espiritual,
concluyendo con el «Padre nuestro», con la profesión de fe en cualquiera de sus
formas legítimas y con la invocación a la Santísima Virgen María. Posiblemente
en el Jubileo del 2025 se añadirán a las cuatro Basílicas patriarcales los
siguientes lugares y con las mismas condiciones: la Basílica de la Santa Cruz
de Jerusalén, la Basílica de San Lorenzo junto al cementerio Verano, el
Santuario de la Virgen del Divino Amor y las Catacumbas cristianas.
– En Tierra Santa, observando las mismas
condiciones y visitando la Basílica del Santo Sepulcro en Jerusalén, la
Basílica de la Natividad en Belén o la Basílica de la Anunciación en Nazaret.
–
En las demás circunscripciones eclesiásticas, haciendo una peregrinación o visitando
la iglesia catedral u otras iglesias o lugares designados por el Ordinario, siguiendo
las mismas condiciones señaladas para Roma.
–
En cada lugar,
yendo a visitar por un tiempo conveniente a los hermanos necesitados o con
dificultades (enfermos, encarcelados, ancianos solos,
minusválidos, etc.), como haciendo una peregrinación hacia Cristo presente en
ellos y cumpliendo los requisitos espirituales acostumbrados, sacramentales y
de oración. Los fieles querrán ciertamente repetir estas visitas durante el Año
Santo, pudiendo obtener en cada una ellas la indulgencia plenaria, una vez al
día como máximo.
– «La indulgencia plenaria jubilar podrá obtenerse también mediante iniciativas que favorezcan de modo concreto y generoso el espíritu penitencial, que es como el alma del Jubileo. A saber: absteniéndose al menos durante un día de cosas superfluas (por ejemplo, el tabaco, las bebida alcohólicas, ayunando o practicando la abstinencia según las normas generales de la Iglesia y las de los Episcopados) y dando una suma proporcionada de dinero a los pobres; sosteniendo con una significativa aportación obras de carácter religioso o social (especialmente en favor de la infancia abandonada, de la juventud con dificultades, de los ancianos necesitados, de los extranjeros en los diversos países donde buscan mejores condiciones de vida); dedicando una parte conveniente del propio tiempo libre a actividades de interés para la comunidad u otras formas parecidas de sacrificio personal».
Por EVA FERNÁNDEZ
Fuente: ECCLESIA
