La iniciativa Rezar No Es Delito ha denunciado que al menos siete policías rodearon a una mujer embarazada que se puso a rezar de rodillas delante del negocio abortista Dator en la capital de España.
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Rezar no es delito convoca al Santo Rosario ante el negocio abortista Dator. Crédito: Rezar no es delito |
“Es un abuso de autoridad”, explicaba momentos después de que
fuera retirado del lado de su mujer por la fuerza, según denuncia la plataforma
Rezar No es Delito. “Le han dicho que la mujer se libraba por estar embarazada,
sino ‘la llevaban a rastras a calabozo’”, detallan.
Los hechos sucedieron según los denunciantes después de que
un amplio dispositivo de la Policía Nacional impidiera al grupo Rezar No Es
Delito desarrollar la convocatoria del rezo del Rosario desde un punto cercano
hasta el centro abortista.
Según la plataforma, la convocatoria del acto fue comunicada
conforme a lo previsto en la ley el pasado 27 de agosto de
2022 a las 22:12 a la Delegación del Gobierno.
ACI Prensa cuenta en su poder con una imagen donde figuran
remitente, destinatario, hora y comunicación adjunta que corroborarían lo
afirmado por Rezar No Es Delito.
De ser así, el trámite estaría cumplimentado 21 días antes del día
del acto, el pasado 17 de septiembre conforme a la ley, que prevé un mínimo de
10 días de antelación.
El Director de Comunicación de la Delegación del Gobierno en
Madrid, Felipe Serrano López de Coca asegura en declaraciones a ACI Prensa que
no fue así.
“La
Delegación del Gobierno niega que se haya recibido la comunicación”,
afirma Serrano, quien detalla que a la concentración acudieron 40 personas y
que 25 de ellas fueron identificadas por miembros de la fuerza pública.
Serrano no ofrece detalles sobre el amplio dispositivo policial
previo y el hecho de que una mujer embarazada fuera rodeada de policías a las
puertas del abortorio.
El portavoz de la Delegación del Gobierno en Madrid afirma en
concreto desconocer por qué se desplegó la Policía Nacional desde primera hora
de la mañana, al no ser un dispositivo activado por la propia Delegación.
Al mismo tiempo, rechazó dar detalles sobre la circunstancia
particular de la embarazada y su marido “porque es una actuación
policial”.
Zonas de
exclusión y multas para los provida
El pasado mes de abril entró en vigor una modificación del Código
Penal por la que se establece “pena de prisión de tres meses a un año o de
trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a ochenta días” para
quien, a juicio del legislador, menoscabe la libertad de las madres que se
dirigen a un centro de aborto.
En concreto, el Código Penal se refiere a la persona que “para
obstaculizar el ejercicio del derecho a la interrupción voluntaria del embarazo
acosare a una mujer mediante actos molestos, ofensivos, intimidatorios o
coactivos que menoscaben su libertad”.
El pasado mes de julio se conoció que María Sánchez y otro
voluntario de Rezar No Es Delito fueron multados con sanciones de unos 600
dólares tras ser identificados en la convocatoria celebrada en junio.
Las sanciones, por la vía administrativa, no se justifican en esta
modificación penal, sino alegando el incumplimiento a la Ley de Seguridad
Ciudadana al entender que la comunicación en aquella ocasión se hizo fuera de
plazo.
Los convocantes alegan que existe la posibilidad de la
convocatoria de urgencia, a la que se acogieron los convocantes debido a que el
Gobierno había lanzado esa semana un nuevo periodo de consultas para
liberalizar aún más el aborto en España.