Lourdes Ruano recuerda
que las restricciones de 25 personas en los templos permanecen vigentes hasta
el 10 de septiembre
Catedrática Lourdes Ruano |
La Consejería de Sanidad de
la Junta de Castilla y León emitió el pasado 1 de septiembre sendas órdenes por
la que se adoptaban medidas sanitarias preventivas para la contención de la COVID-19 en los municipios de Salamanca y Valladolid respectivamente.
Las
disposiciones comenzaron a aplicarse el pasado 3 de septiembre y, como tienen
carácter temporal, quedarán revocadas pasados siete días naturales. Por lo
tanto, el próximo jueves 10 de septiembre, la comunidad autónoma puede
prorrogarlas o bien, rescindirlas.
25 personas
el máximo permitido
Entre las
medidas contempladas para contener la propagación del virus, se restringe a 25
personas el máximo permitido en las misa de Valladolid y Salamanca, y en todos
los templos sea cual sea su dimensión.
El
cardenal Ricardo Blázquez, obispo de Valladolid y su
obispo auxiliar, monseñor Argüello, han declarado que no les parecen adecuadas estas medias de
la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León, aunque han cumplido
escrupulosamente las disposiciones.
Blázquez pidió a la catedrática Lourdes Ruano,
presidenta de la Asociación Española de Canonistas, que emitiera un informe sobre la
decisión de la Junta y que ha sido publicado en la página web de la
diócesis de Salamanca.
Contra la
libertad religiosa
Lourdes
Ruano afirmó: "Las medidas citadas son claramente restrictivas de
derechos fundamentales, en
concreto del derecho fundamental a la libertad religiosa, sin
que exista un criterio de racionalidad en la formulación de la medida, que
carece de toda lógica y resulta arbitraria y desproporcionada".
"Carece
de lógica"
Se refería
en concreto al anexo 2, que limita la
asistencia a los lugares de culto, así como las
celebraciones litúrgicas, ceremonias nupciales y otras celebraciones
religiosas: no superar en cualquier caso el número de 50 personas en espacios
al aire libre, o de 25 en espacios cerrados y, en todo caso, no superar un
tercio del aforo máximo permitido.
En declaraciones a Religión
Confidencial, Ruano expone: "Son desproporcionadas y
quiero pensar que se han tomado estas medidas por falta
de previsión y no como un acción discriminatoria contra la
libertad religiosa. Carece de lógica que en los autobuses
urbanos de Salamanca puedan viajar hasta 40 personas y en
templos grandes no puedan entrar más de 25 personas".
La canonista subraya que no es lógico que en
los templos solo puedan asistir 25 personas en templos donde caben 800
personas. "Y luego, nos indigna ver a la salida de misa, en Salamanca,
terrazas llenas de gente y sin mascarillas".
Se da la circunstancia de que durante la semana
que han entrado en vigor estas medidas, muchos
novios han tenido que buscar templos para casarse en pueblos de
Salamanca, puesto que las normas solo se ciñen a Salamanca
y Valladolid capital.
Las medidas
en los templos de Madrid
La Catedrática
de Derecho Eclesiástico Universidad de Salamanca menciona por ejemplo las
medidas que se han adoptado en la Comunidad de Madrid y que están poniendo en
práctica las diócesis madrileñas.
Así, por ejemplo, el arzobispado de Madrid cumplirán
las medidas adoptadas por las que se reduce en aforo de los templos al 60
%. Las normas regionales se revisarán cada 15 días.
El
cardenal arzobispo de Madrid, Carlos Osoro, pide
que además de controlarse el aforo, se garantice siempre la distancia
de seguridad, uso de mascarilla obligatorio–como ya lo es en toda la
comunidad–, las pilas de agua bendita continúan vacías y se ofrece gel
desinfectante.
"No
creo que los contagios se estén produciendo en los templos, máxime
cuando los fieles se están sentando en bancos cumpliendo las medidas de
seguridad y la comunión se está dando en la mano", señala Ruano.
Espera que la
Junta rectifique
La
catedrática confía que la Junta de Castilla y León rectifique a partir del 10 de septiembre y
adopte medidas más lógicas en lo referente al culto y que respete los derechos
humanos y la libertad religiosa.
"La medida de limitar a 25 el número de
personas que pueden asistir a la Eucaristía, a una boda, una primera comunión, es claramente disuasoria para los feligreses,
que se abstendrán de asistir al templo y se verán impedidos para ejercer su
derecho de libertad religiosa, de forma arbitraria", señaló Ruano en el
informe publicado en la web de la diócesis de Salamanca.
Porque para la catedrática, las medidas citadas
son claramente restrictivas de un derecho fundamental, "el de libertad
religiosa, resultan arbitrarias, desproporcionadas discriminatorias y, si
además, son adoptadas por una disposición administrativa, pueden resultar contrarias a Derecho.
De ahí la necesidad de ratificación judicial", afirma la
catedrática.
Fuente: ReligionConfidencial