Se debe “rechazar el uso de dar a los
Ángeles nombres particulares, excepto Miguel, Gabriel y Rafael, que aparecen en
la Escritura
Los
Ángeles Custodios acompañan y protegen al ser humano desde el momento de la
concepción, y la Iglesia Católica admite una devoción hacia ellos, pero no
adorarlos y ponerles un nombre.
El
motivo está explicado en el Directorio sobre la Piedad Popular y la Liturgia,
elaborado por la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los
Sacramentos de la Santa Sede y publicado en el año 2002.
El
Capítulo VI titulado “La Veneración a los Santos y Beatos”, indica que a lo
largo de los siglos los fieles “han traducido en expresiones de piedad las
convicciones de fe respecto al ministerio de los Ángeles”. Por ejemplo, los han
nombrado patronos de ciudades, han construido santuarios en su honor y han
establecido días festivos.
Otra
devoción es la del Ángel Custodio, que si bien es “legítima y saludable” puede
dar “lugar a desviaciones”.
En
ese sentido, el documento precisa que se debe “rechazar el uso de dar a los
Ángeles nombres particulares, excepto Miguel, Gabriel y Rafael, que aparecen en
la Escritura”.
En
tanto, el numeral 328 del Catecismo de la Iglesia Católica explica
que los Ángeles son “seres espirituales, no corporales”, como las demás cosas
de la tierra sobre las cuales el hombre tiene dominio y puede nombrar.
Ese
mismo texto agrega que los ángeles “tienen inteligencia y voluntad: son
criaturas personales (Pío XII, enc. Humani generis: DS 3891) e inmortales (Lc
20, 36). Superan en perfección a todas las criaturas visibles”.
Por María Ximena Rondón
Fuente: ACI Prensa
