El experto responde a la pregunta de un lector
Aunque hay excepciones para casos
extraordinarios, normalmente sólo los sacerdotes y los diáconos -en lenguaje
eclesiástico los ministros ordenados- pueden abrir el sagrario para exponer el
Santísimo (la Eucaristía), impartir la bendición con la custodia, llevar o
traer las hostias consagradas, comprobar si hay suficientes (Redemptiones
Sacramentum, 107) …
Así pues, los servidores del
altar (acólitos, monaguillos, ministros extraordinarios de la
comunión) no abren el sagrario donde
se guarda la Eucaristía,
y con menos razón en misa y en presencia del sacerdote, a quien le corresponde
hacerlo.
Sin embargo, determinadas
personas que no son curas pueden acceder al sagrario en caso de necesidad, por
ejemplo cuando un sacerdote muy mayor no pueda caminar y no hay más ministros
ordenados, cuando no hay sacerdote en una comunidad y se requiera llevar la
comunión a algún enfermo, hacer la exposición del Santísimo (sólo con el copón,
según la Redemptiones
Sacramentum), etcétera.
El derecho de la Iglesia lo
expresa así: “Es
ministro de la exposición del Santísimo Sacramento y de la bendición
eucarística el sacerdote o el diácono; en circunstancias peculiares, sólo para
la exposición y reserva, pero sin bendición, lo son el acólito, el ministro
extraordinario de la sagrada comunión u otro encargado por el Ordinario del
lugar, observando las prescripciones dictadas por el obispo diocesano”
(Canon, 943).
Henry Vargas Holguín
Fuente:
Aleteia