A los
participantes del Curso Internacional promovido por la Rota Romana, «Diez años
después de la reforma del proceso matrimonial canónico», León XIV los exhortó a
considerar las dimensiones jurídica, eclesiológica y pastoral de los
procedimientos. Enfatizó que, en el ámbito judicial, «todo creyente, toda
familia, toda comunidad necesita la verdad sobre su propia situación eclesial»
y reiteró que «el matrimonio no es un ideal, sino el canon del verdadero amor
entre el hombre y la mujer».
Los procesos de
nulidad matrimonial no deben considerarse «un campo meramente técnico» que
concierne «exclusivamente a especialistas», ni como medios que buscan
«únicamente asegurar la libertad de las personas». Por el contrario, implican
las dimensiones jurídica, eclesiológica y pastoral, las cuales están
interrelacionadas. El Papa León XIV hizo hincapié en esto ante los
participantes del Curso Internacional promovido por el Tribunal de la Rota
Romana, titulado «Diez años después de la reforma del proceso matrimonial
canónico», encargado por el Papa Francisco, quienes fueron recibidos en
audiencia este viernes 21 de noviembre, en la Sala Clementina del Palacio
Apostólico.
«Poder
sagrado» y «servicio de la verdad»
En su extenso
discurso, el Papa invitó a reflexionar, ante todo, sobre dos presupuestos
eclesiológicos de los procesos judiciales eclesiales: el «poder sagrado», la
«participación» en el «poder de Cristo», que se ejerce «al servicio de la
verdad», como «camino para conocer y abrazar la Verdad última, que es Cristo
mismo», y «el misterio de la alianza conyugal».
“Un aspecto
fundamental del servicio pastoral se encuentra presente en el poder judicial:
la diaconía de la verdad. Todo creyente, toda familia, toda comunidad necesita
la verdad sobre su situación eclesial para poder transitar plenamente su camino
de fe y caridad. La verdad sobre los derechos personales y comunitarios reside
en este marco: la verdad jurídica declarada en los procesos eclesiásticos es un
aspecto de la verdad existencial dentro de la Iglesia”.
Misericordia
y justicia
Pero es en
Jesús, el Juez «bondadoso y misericordioso», tal como se presenta en los dos
Motu Proprios que iniciaron la reforma del proceso canónico para los casos de
declaración de nulidad matrimonial —Mitis Iudex Dominus Iesus para
el Código de Derecho Canónico y Mitis et Misericors Iesus para
el Código de Cánones de las Iglesias Orientales— donde León se detiene. Si «el
juicio de Dios sobre la salvación siempre implica su perdón al pecador
arrepentido», «el juicio humano sobre la nulidad matrimonial no debe, sin
embargo, ser manipulado por una falsa misericordia». Porque «toda actividad que
entre en conflicto con el servicio del juicio de la verdad» debe considerarse
injusta. Pero lo cierto es que «la verdadera misericordia debe ejercerse en el
debido ejercicio del poder judicial». Para explicar mejor todo esto, el Papa
cita a San Agustín, quien escribe en De civitate Dei: «¿Qué es la
misericordia sino cierta compasión de nuestro corazón por la miseria ajena, que
nos impulsa, si podemos, a aliviarla? Y este impulso es útil a la razón cuando
la misericordia se ofrece de tal manera que se preserve la justicia, tanto al
ayudar a los necesitados como al perdonar a los arrepentidos».
“En este
sentido, el proceso de nulidad matrimonial puede considerarse una contribución
de los profesionales del derecho para satisfacer la necesidad de justicia tan
profunda en la conciencia de los fieles, y así realizar una obra justa motivada
por la verdadera misericordia. El propósito de la reforma, orientada a la
accesibilidad y la rapidez en los procesos, pero nunca a expensas de la verdad,
se presenta, pues, como una manifestación de justicia y misericordia”.
El
matrimonio canon del verdadero amor entre un hombre y una mujer
León XIV
enfatizó que, en los procesos de nulidad matrimonial, siempre debe considerarse
el presupuesto teológico del matrimonio, puesto que está fundado por el
Creador, y reitera que este sacramento es el canon del verdadero amor entre un
hombre y una mujer.
“Durante el
Jubileo de las Familias, recordé que el matrimonio no es un ideal, sino el
canon del verdadero amor entre un hombre y una mujer: amor total, fiel y
fecundo. Como subrayó el Papa Francisco, el matrimonio es una realidad con una
coherencia precisa, un don de Dios para los esposos”.
En los procesos
de nulidad, por lo tanto, el Papa enfatiza la crucial conciencia de trabajar al
servicio de la verdad de una unión concreta, evaluando ante Dios si está
presente el misterio de la «una caridad», que subsiste para siempre en la vida
terrenal de los esposos, a pesar de cualquier ruptura relacional.
El proceso
judicial como instrumento de justicia
Los Papas han
invocado repetidamente el servicio a la verdad, subraya León, recordando que
Benedicto XVI, en su discurso a la Rota Romana el 28 de enero de 2006, definió
el proceso canónico de nulidad matrimonial como «esencialmente un instrumento
para esclarecer la verdad sobre el vínculo matrimonial», cuyo «propósito
constitutivo» es, por lo tanto, «prestar servicio a la verdad». Por su parte,
el Papa Francisco, en el prefacio de Mitis Iudex, «aclarando el
significado de la reforma», especifica que deseaba seguir «las huellas» de sus
predecesores, «quienes deseaban que los casos de nulidad matrimonial se
tramitaran por la vía judicial, y no administrativa», para «proteger plenamente
la verdad del sagrado vínculo».
“La
institución del proceso judicial debe valorarse, considerándola no como una
engorrosa acumulación de requisitos procesales, sino como un instrumento de
justicia. En efecto, enmarcar un caso garantizando que las partes, incluyendo
al defensor del vínculo matrimonial, puedan presentar pruebas y argumentos que
respalden su posición, y puedan comprender y evaluar los mismos elementos
presentados por la otra parte, en una audiencia dirigida y concluida por un
juez imparcial, constituye un gran beneficio para todos los involucrados y para
la Iglesia misma”.
Búsqueda de
la verdad y salus animorum
Es necesario
«promover la reconciliación entre los cónyuges, incluso, cuando sea posible,
recurriendo a la validación del matrimonio», indica el Papa, reconociendo, sin
embargo, que existen «casos en los que es necesario recurrir a un juicio porque
las partes no disponen de la información necesaria», y este es el caso cuando
la declaración de nulidad matrimonial «implica un bien público eclesial», «una
expresión del servicio de la autoridad pastoral a la verdad del vínculo
matrimonial indisoluble, fundamento de la familia, que es la Iglesia
doméstica». En resumen, es necesario tener presente la búsqueda de la verdad y
la salus animarum, que, en todo caso, constituye la ley suprema y
el fin último de los procedimientos matrimoniales en la Iglesia.
La ética
forense, centrada en la verdad de lo justo, debe inspirar a todos los
profesionales del derecho, cada uno en su función, a participar en la labor de
justicia y paz verdadera a la que se orienta este proceso.
Actividad
judicial de la Iglesia y pastoral familiar
Finalmente,
León reconoce que la pastoral familiar también ha abordado recientemente la
«actividad judicial de la Iglesia en el ámbito matrimonial» y recomienda que no
se ignore ni se subestime «la labor de los tribunales eclesiásticos». Estos
tribunales, a su vez, «no deben olvidar que su contribución específica a la
justicia es un elemento clave en la labor de promover el bien de las familias,
con especial referencia a las que atraviesan dificultades». Esta labor
«corresponde a todos en la Iglesia»: pastores, fieles y profesionales del
derecho. Precisamente «la sinergia entre la atención pastoral a las situaciones
críticas y el ámbito judicial» ha propiciado la «implementación de la
investigación prejudicial», también para «determinar la existencia de motivos
para iniciar un proceso de nulidad matrimonial», concluye el Papa, quien ve una
«gran trascendencia eclesiológica, jurídica y pastoral» que emerge al servicio
de los «trabajadores de la justicia en la Iglesia», la cual «compartió hace
varios años».
Tiziana
Campisi
Ciudad del
Vaticano
Fuente: Vatican News