La Hospitalidad de Nuestra Señora de Lourdes de Madrid ha concluido este domingo su 101ª peregrinación en la que han participado 800 personas y en la que, al parecer, ha sucedido un hecho extraordinario que tendrá que ser estudiado antes de calificarlo como un milagro.
![]() |
Imagen de Nuestra Señora de Lourdes en su santuario. Crédito: HNDL / Pierre Vincent. Dominio público |
“La
experiencia de peregrinar y descubrir el amor de Dios por medio nuestra Madre
la Virgen María, como nos enseña santa Bernadette desde la sencillez y en los
humildes, siempre será la Gracia más grande que se concede en Lourdes, pues es
la que renueva la vida”.
Esta
consideración sirve de pórtico para abordar que en los días de peregrinación
“ha ocurrido un hecho que es extraordinario aunque sería equivocar a la gente
si lo llamamos milagro”, explica el P. Cruz.
Este
hecho consiste en que “una peregrina que sufre varias enfermedades y tenía una
deficiencia visual muy alta, después de hacer el gesto del agua, recuperó la
vista. Este acontecimiento extraordinario en seguida fue verificado por los
médicos, y se notificó en el santuario, que ya lo ha registrado”.
El
gesto del agua consiste en que los peregrinos, en un ambiente de recogimiento,
oración y confianza en la providencia, dentro del recinto de las piscinas,
vierten agua tres veces para mojar sus manos, su cara y beber un sorbo como
hiciera Santa Bernardette Soubirous por indicación de la Inmaculada Concepción
en la gruta de Masabielle.
¿Por qué no se puede hablar aún de milagro?
El
P. Cruz explica en su comunicado cuál es el motivo por el que no es sensato en
este momento hablar de milagro, ya que esta declaración exige “un proceso de
discernimiento médico y espiritual que debe seguirse” en el que “han de
concurrir los siguientes requisitos respecto a la curación: Inmediata.
Completa. Duradera. Inexplicable”.
Debido
a esto, el consiliario afirma que “no podemos adelantarnos, hay que hacer un
estudio y sobre todo que se mantenga en el tiempo” la curación. Por ello
subraya que “adelantarse lleva a una presunción en donde tendríamos que ser
humildes. Aquí nos toca esperar el estudio que hace la Iglesia, desde el
santuario de Lourdes y que luego se pronuncie el obispo de Madrid, para
verificar no sólo que sea inexplicable sino que también que sea un hecho
milagroso”.
El
consiliario no es ajeno al deseo de los miembros de la Hospitalidad de Lourdes
y las personas con las que peregrinan cada año al santuario, de poder hablar de
un milagro “pero no lo decidimos nosotros”, apunta antes de recordar que
“siempre es una Gracia inmerecida que se recibe”.
Así,
advierte que “podemos confundir si ya hablamos de milagro”, al tiempo que se
podrían “generar falsas expectativas si reducimos los frutos de la
peregrinación a un solo acontecimiento”.
¿Qué es la Oficina de Constataciones Médicas de
Lourdes?
La Oficina de Constataciones Médicas del Santuario
de Lourdes en Francia fue fundada en el año 1883, al tiempo que se instauraba
el lugar de las piscinas. Según detalla el sitio web del santuario, es el único
organismo de estas características del mundo, incluidos lugares de
peregrinación de otras religiones.
Hasta
la fecha, se han presentado más de 70.000 casos de hechos extraordinarios, de
los cuales, 70 han sido reconocidos como milagrosos por la Iglesia Católica. En
la mayoría de ellos, son mujeres las receptoras de esta gracia especial. En 50
de los 70 casos, el hecho milagroso se produjo al contacto con el agua del
lugar, que no tiene especiales propiedades.
Fue
el Papa León XIII quien en 1886 dio su aprobación a los procedimientos que se
siguen en esta oficina médica. En 1902, la Santa Sede ratificó estos
protocolos, que tiene 4 etapas fundamentales:
El
director de la oficina recibe a la persona que dice haber sido objeto de un
hecho extraordinario. Si considera que el caso es digno de tomar en serio,
convoca a los médicos presentes ese día en el santuario. Si estos coinciden en
que debe continuar, se inicia una investigación que puede durar varios años. Al
término, los miembros del Comité Científico Internacional de Lourdes votan si
el hecho extraordinario es “inexplicado en el estado actual de nuestros
conocimientos”. Este voto se remite al obispo del lugar donde reside la persona
curada, que es quien tiene la potestad de declarar el milagro.
Siete criterios a tener en cuenta por los médicos
El
sitio web del Santuario de Nuestra Señora de Lourdes especifica además cuáles
son los 7 criterios que han de ser respetados durante la investigación médica
de los casos. Antes de la curación, han de tenerse en cuenta los
siguientes:
1. La enfermedad debe ser grave
y tener un mal pronóstico.
2. La enfermedad debe ser
conocida y catalogada por la medicina.
3. La enfermedad debe ser “ser
orgánica, lesional” y examinarse por “criterios objetivos, biológicos,
radiológicos”. Esto implica que “aún hoy no se reconocerán curaciones de
patologías sin criterios objetivos precisos, como las enfermedades
psicológicas, psiquiátricas, funcionales, nerviosas, etc”.
4. No debe haber ningún
tratamiento al que pueda atribuirse la curación.
5. La curación debe ser súbita,
brusca, instantánea, inmediata y sin convalecencia.
Tras la curación, deben
considerarse dos criterios más:
1.
No
debe tratarse de una simple regresión de los síntomas, sino de un retorno de
todas las funciones vitales.
2. No debe tratarse de una
simple remisión, sino de una curación, es decir, duradera y definitiva.
Por Nicolás
de Cárdenas
Fuente: ACI