Según el decreto, la Iglesia no puede permitir que personas que viven objetivamente en estado de adulterio, esto es, que han roto sus votos matrimoniales y han contraído matrimonio civil con otra persona, sean consideradas miembros de una candidatura.
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| Semana Santa en Málaga. Dominio público |
Según el decreto, la Iglesia no puede permitir que personas que
viven objetivamente en estado de adulterio, esto es, que han roto sus votos
matrimoniales y han contraído matrimonio civil con otra persona, sean
consideradas miembros de una candidatura.
La decisión se ha tomado después de una denuncia presentada por
Luis Bustos, uno de los candidatos, que afirmaba que en la lista de su
oponente, Antonio Sastre, había dos personas divorciadas.
La Semana Santa marcará el reinicio de las elecciones, y los
votos se tomarán desde cero. La postura clara del obispo Jesús Catalá deja en
claro que los individuos que han roto sus matrimonios no pueden ocupar cargos
directivos importantes en una hermandad.
El documento, firmado por Catalá, destaca que en la vida privada
las personas merecen todo el respeto y la comprensión, y que la Iglesia debe
ayudarles en su crecimiento espiritual. Sin embargo, en la vida pública, la
Iglesia no puede aceptar como candidato a una persona divorciada que ha vuelto
a casarse civilmente.
El decreto también hace mención a las normas diocesanas para la
organización y actividad de las hermandades. Según el artículo 17, quien
incumpla las normas mínimas de disciplina, doctrina y magisterio de la Iglesia
no puede desempeñar el cargo de hermano mayor. Esta norma, según el decreto,
debe aplicarse también al cargo de teniente mayor, ya que este sustituye al
hermano mayor en ausencia, enfermedad o vacante con los mismos derechos y
responsabilidades, excepto el voto de calidad.
«Es decir, los Estatutos están exigiendo los mismos requisitos
para ser hermano mayor que para ser teniente de hermano mayor y por tanto la
aplicación analógica de las normas antes dichas es obvia y al teniente de
hermano mayor le es aplicable el artículo 17 de las normas diocesanas en su
integridad», apostilla un decreto donde se recuerda que según el Derecho
Canónico «las propiedades esenciales del matrimonio son la unidad y la
indisolubilidad».
En noticias recientes, se ha prestado atención a la situación
matrimonial de los líderes de las cofradías religiosas. Históricamente, la
atención se ha centrado en los hermanos mayores, pero ahora, gracias a una
declaración por parte del Obispado, la lupa también se ha posado sobre aquellos
que buscan ocupar otros puestos de liderazgo en estas organizaciones. En 2014,
el Obispado llamó la atención sobre Antonio Villalba, quien en ese momento era
el hermano mayor de la Cofradía de la Humillación y estaba en proceso de
divorcio. Ese mismo año, Juan Partal reconoció haber sido obligado a renunciar
a su cargo como hermano mayor de la Hermandad del Cautivo debido a su situación
matrimonial.
Fuente:
Diariosur/InfoCatólica
