El sanitario tiene derecho a no participar en un acto grave, maligno, que repugna a su sentido ético y humano
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Dominio público |
Aunque el aborto es legal en España desde
1985, sigue siendo una práctica que repugna moral y médicamente a ginecólogos,
matronas, enfermeras y sanitarios en general.
Desde
hace 4 décadas los que realizan abortos son un
número muy pequeño de especialistas endurecidos, cada más más
envejecidos, casi todos ellos en negocios privados de la patronal abortista.
Los otros ginecólogos, los que cuidan a las madres y los bebés, los miran con
aprensión, cuando no con repulsa.
Por
eso, los abortistas -y también los eutanasiadores- quieren estrangular tanto como puedan la objeción de conciencia
sanitaria.
Un derecho reconocido por el Tribunal
Constitucional
El
Tribunal Constitucional español reconoció
en 1985 el derecho
de los sanitarios a la objeción de conciencia en una sentencia sobre
un caso concreto de aborto, al amparo de la libertad ideológica y religiosa reconocida en el artículo
16.1 de la Constitución Española.
La
propia Ley del Aborto de Rodríguez Zapatero (Ley
2/2010 de salud sexual y reproductiva y de la interrupción
voluntaria del embarazo) reconoce en su artículo 19 el derecho de los
sanitarios que estén “directamente implicados en la interrupción voluntaria del
embarazo” a no realizar interrupciones voluntarias del embarazo por “razones de
conciencia”.
La protesta del Colegio de Médicos de
Madrid
El Colegio de Médicos de Madrid,
ante las presiones de los políticos abortistas y pro-eutanasia contra la
objeción de conciencia sanitaria, ha respondido con un enérgico comunicado: "No podemos tolerar una
injerencia ilegítima en el ejercicio de la Medicina", denuncian.
"El Colegio de Médicos de Madrid manifiesta públicamente su firme
compromiso de aplicar,
mantener y reforzar todos y cada uno de los principios y valores de la
profesión médica".
"El
Tribunal Constitucional ha declarado que la objeción de conciencia no exige de
regulación jurídica específica de cara a poder ser reconocida", recuerda
el Colegio de Médicos.
Contra
las listas de objetores, el colegio recuerda que "el ejercicio de la
objeción de conciencia debe ser libre, confidencial y aplicarse de forma
sobrevenida, ad casum, en las circunstancias, lugar y tiempo del caso concreto que se
plantee. Sólo así el médico dispone de todos los elementos clínicos y
personales que concurren en
cada caso para enjuiciar rectamente una situación concreta en una
persona y tiempo concretos, y decidir en conciencia la aplicación o no de una
terapia o petición de cada
paciente".
"Poner trabas a la objeción de conciencia sin escuchar a los profesionales sanitarios es amordazar a los que piensan distinto, comprometiendo la libertad del profesional y es un ataque frontal a la relación de respeto y confianza entre médico y paciente, que es patrimonio intangible de la humanidad", añade el comunicado.
Ya
en julio el Consejo General de Colegios Médicos Oficiales protestaba por los
ataques a la objeción de conciencia y las voces que buscaban forzar a los
sanitarios a realizar actividades contrarias a su conciencia ética: "Forzar la
conciencia de los médicos para ampliar el número de facultativos disponibles en
todas las poblaciones, lo que además
de inconstitucional es una mala solución, que desde la perspectiva de la
profesión médica se considerarían inaceptable, ilegal e injusta", decía
una nota del Consejo de Colegios Médicos.
Este
vídeo explica la objeción de conciencia: lo ha realizado la Asociación Nacional
de Objeción de Conciencia sanitaria (ANDOC).
Fuente: ReL