El
11 de febrero de 1929 se firmó el Pacto o Tratado de Letrán el cual proporcionó
el reconocimiento mutuo entre el entonces Reino de Italia y la Santa Sede
El
Pacto fue negociado entre el Cardenal y Secretario de Estado Pietro Gasparri en
nombre de la Santa Sede y Benito Mussolini, Primer Ministro italiano.
Era
un 20 de septiembre de 1870, cuando a través de la brecha famosa de Porta Pía,
las tropas piamontesas penetraron en la Roma de los Papas. A raíz de breves
combates, que Pío IX, custodio de los perennes fueros de la Sede Apostólica, no
pudo evadir, para cristalizar en esa forma su negativa a ceder espontáneamente
el dominio temporal, pero que quiso reducir a la mínima efectividad, para
evitar inútil derramamiento de sangre.
Las armas y las insidias
contra el Papado
La
revolución creyó que con aquellos golpes de cañón podía liquidar en definitiva
un problema, el de la unidad nacional, en cambio creaba otro, tan complejo como
angustioso, que habría gravado en la vida pública de la península, en lo largo
de más que medio siglo. Ya que contra el Papado se polarizaron las armas y las
insidias de las sectas, que soñaban, instalándose vencedoras en Roma. De otro
lado, el dominio temporal que los soldados de Cadorna le arrebataban había
sido, durante muchos siglos, garantía tangible y visible de la independencia
del Papa. Cabeza suprema de la Iglesia, él no podía ser ciudadano de ningún
Estado. De ahí, pues, de esa dualidad contrapuesta entre las aspiraciones
patrióticas y las exigencias de la Sede Apostólica, el drama agudo que se
planteó en la conciencia católica italiana y que se denominó la “Cuestión
Romana”.
Intentos de solución
Inicialmente
se pensó en solucionarla mediante una Conferencia Internacional, la idea tuvo favorable
acogida en varios Gabinetes; pero no cuajó, ni lo podía, pues encerraba en sí
misma los elementos del in-suceso: un acuerdo sólo podía derivar de la voluntad
concordante de las dos Altas Partes interesadas. De otro lado, la Ley de
garantías, publicada en Turín el 13 de mayo de 1871 – Documento unilateral del
Estado Italiano – en la cual se reconocía que la persona del Papa es sagrada e
inviolable, que cada atentado contra él sería punible como si fuera contra la
persona del Rey, no tuvo el efecto que se esperaba.
Por
esto Pío IX, con la Encíclica Ubi nos arcano, del 25 de mayo siguiente, la
rechazaba terminantemente declarando que los títulos, los honores, las
inmunidades, los privilegios cualesquiera que pudiesen ofrecérsele no lograban
ni asegurar su independencia en el ejercicio del poder que le había sido
divinamente transmitido, ni poner a salvo de atentados la libertad necesaria a
la Iglesia. Desde entonces empezó entre los dos poderes, coexistentes en la
Ciudad Eterna, una serie de fricciones, que acibararon inexpresablemente la
vida de los creyentes y patriotas.
Los artífices
providenciales
Por
un lado, Pio XI, un Papa de las vistas dilatadas como los horizontes extensos
que contemplaba erguido sobre las crestas alpinas; un Papa que el acervo enorme
de su cultura intelectual había caldeado al contacto fecundizador de la vida;
un Papa que al amor celoso hacia la Iglesia había siempre unido una ternura
exquisita hacia el propio País; un Papa que, aún en horas en que era difícil
mantenerse en el justo medio, supo, con ademán de austero aislamiento, rehuir
igualmente intransigencias rígidas, como rendiciones incondicionales; un Papa
hecho para escalar todas las cumbres, materiales y espirituales, y frente al
cual la palabra imposible no tenía significado; un Papa que, mientras colocaba
su fe ciega y absoluta en la ayuda de lo Alto, sabía, sin embargo, poner en
juego todos los resortes y recursos de la humana sagacidad para arribar a la
meta.
Y,
de la otra parte, Víctor Manuel III, el Rey de espíritu admirablemente
equilibrado y de ejemplares virtudes domésticas; el Soberano intrépido quien,
durante la gran guerra, supo cumplir egregiamente con sus deberes de primer
soldado de Italia y quien, en momentos cruciales de su historia, acertó, con
ojo avizor, encaminarla por la ruta que única le convenía. Papa y Rey, hechos
para comprenderse y para romper resueltamente de consuno el cerco fatal.
Y,
al lado del Papa, un Secretario de Estado de la misma talla del Cardenal
Consalvi, el habilísimo artífice del Concordato Napoleónico; el Cardenal Pietro
Gasparri, un Príncipe de la Iglesia, que llevaba el aporte de un caudal de
sabiduría jurídica y de experiencia diplomática, y a quien, con ejemplo sin
precedentes en los anales del Papado, quisieron dos Pontífices consecutivos su
principal colaborador en el oficio más elevado. Y, cerca del Rey, su Primer
Ministro, el Duce incomparable, Benito Mussolini, a quien Pío XI calificó “el
hombre de la Providencia, mirada de águila y puño de hierro, uno de los tipos
más representativos de la raza itálica, una de las figuras más significativas
de nuestros tiempos, el dominador de la voluntad inquebrantable, capaz de dar
los golpes más atrevidos y de afrontar las responsabilidades más formidables,
menospreciador magnífico, en fin, de viejos prejuicios sectarios”.
Los acuerdos
El
año de 1926, el Duce hizo conocer al Santo Padre su franco deseo de resolver la
"Cuestión Romana", contestándole Su Santidad que semejante deseo
encontraba en Él una muy plena reciprocidad. Los primeros cambios de ideas
fueron iniciados el 6 de agosto, entre el Abogado Pacelli, hermano del actual
Pontífice, como representante de la Santa Sede y el Prof. Baroni, representante
del Gobierno Italiano. Pero sólo el 4 de octubre siguiente, Mussolini autorizó
por escrito conversaciones confidenciales. Entre los dos Delegados, narra
Pacelli, hubo 11O conversaciones y él fue recibido por el Papa 129 veces,
demostrándose éste siempre rígido en lo necesario y substancial, al par que
dúctil en lo secundario y accesorio.
En
noviembre de 1928, los dos Soberanos nombraban, respectivamente, al Card.
Gasparri y a Mussolini para las tratativas oficiales, que debían ser coronadas
por el éxito más espléndido. Se llegó, así, a febrero de 1929. Las gestiones,
durante más de dos años, se habían desarrollado bajo un estricto e impenetrable
sigilo: condición indispensabilísima para evitar que discusiones impropias e
indiscreciones callejeras enturbiaran las aguas.
Así
llegó la auspiciada jornada del 11 de febrero, fiesta de la Virgen de Lourdes.
A mediodía, en el gran Salón de los Papas del Palacio Apostólico Lateranense,
se firmaron los tres históricos documentos – Tratado, Concordato, Convención
Financiera – por los dos Plenipotenciarios, el Cardenal Pedro Gasparri,
Secretario de Estado de Su Santidad, y el Caballero Benito Mussolini, Primer
Ministro y Jefe del Gobierno de Italia. La "Cuestión Romana" era
definitivamente solucionada.
Mesa redonda con motivo
del 90 aniversario
Con
motivo de la celebración del 90° Aniversario de la firma de los Pactos
Lateranenses, el Comité Pontificio para las Ciencias Históricas, organiza el
encuentro: “Los Pactos Lateranenses. Mesa redonda con motivo del XC
aniversario (1929-2019)”, el mismo que tendrá lugar en el Pontificio Colegio
Teutónico, en el Vaticano, el 12 de febrero de 2019.
P. Ardura: cooperación
entre la Santa Sede y el Estado italiano
El
P. Bernard Ardura, O. Praem., Presidente del Comité Pontificio para las
Ciencias Históricas dijo que, “con la estipulación de los Pactos Lateranenses,
se puso fin jurídicamente a cincuenta y nueve años de relaciones tensas, desde
la ‘toma de Roma’, con la consiguiente pérdida de la soberanía temporal del
pontífice”. Los Pactos Lateranenses se firmaron diez años después del último
"feo" institucional que sufrió la Santa Sede; a saber, la
oposición de Italia a la participación de la Santa Sede en las negociaciones de
paz de 1919, para concluir la Primera Guerra Mundial.
Hubo casi
unanimidad sobre la necesidad de resolver la llamada "Cuestión
romana" y, por lo tanto, ese status conflictivo. Por el
contrario, se registró una gran diversidad de opiniones sobre cómo lograrlo. De
hecho, parecía necesario crear un estado independiente, pero se planteaba la
cuestión de Roma: para algunos el nuevo Estado, habría tenido que englobar, al
menos una parte de la ciudad.
“Es
bueno recordar que los tratados se firmaron con un Estado y no con un régimen
político en particular. Lo fundamental es la continuidad del Estado a través de
la variabilidad de los regímenes políticos. Así, los Pactos Lateranenses fueron
firmados entre la Santa Sede y el Estado italiano y se incorporaron a la
Constitución italiana de 1948, cuando Italia decidió pasar de la monarquía a la
República”. Como balance historiográfico, debemos elogiar la sabiduría de Pío
XI, que optó por una solución que podría definirse "minimalista" en
cuanto al territorio del Estado, gracias también a la visión realista del
Cardenal Gasparri.
Noventa
años después, incluso si la realización concreta del Estado pudiera ser siempre
objeto de discusión y reflexión, todavía hoy la cooperación activa entre
la Santa Sede y el Estado italiano, especialmente en estos años de precariedad
económica y social y más recientemente de crisis humanitaria, demuestra la
bondad de los Pactos de Letrán.
Prof. Nacci: un ejemplo
válido de una elevada cultura jurídica
Por
su parte, el Profesor Matteo Nacci, de la Pontificia Universidad Lateranense
señaló que, “la Mesa Redonda es una de las actividades de promoción cultural
dignas de elogio que el Comité Pontificio de Ciencias Históricas, – al que doy sinceramente
las gracias en la persona del Presidente – el Padre Bernard Ardura, ha
organizado con motivo del nonagésimo aniversario de los Pactos Lateranenses,
estipulados entre la Santa Sede. Y el Reino de Italia el 11 de febrero de 1929.
Dichos Pactos – precisó el Prof. Nacci – se examinará con la lente del derecho
concordatario, del derecho internacional, del derecho eclesiástico y de la
historia de las relaciones entre la Iglesia y las comunidades políticas;
disciplina, esta última, que durante varios años ha caracterizado una parte de
mis investigaciones y publicaciones científicas.
De
hecho, concluyó el docente, estoy firmemente convencido de que los Pactos
Lateranenses de 1929, parcialmente modificados por el Acuerdo de Villa Madama
de 1984, sean un ejemplo válido de una elevada "cultura jurídica":
una cultura jurídica que va más allá del gran valor que asumen como un
'producto' del derecho internacional, eclesiástico y concordatario porque
expresan el grandísimo mérito de la Iglesia de saber escrutar, desde siempre, los
'signos de los tiempos' interpretándolos con prudencia y sabiduría a la luz del
Evangelio.
Renato
Martínez – Ciudad del Vaticano
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