Eduardo
Estellés afirma que tras eliminar de la legislación esta potestad paterna, “se
ha incrementado la violencia-filioparental”
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El juez Eduardo Estellés |
Eduardo Estellés, juez de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de Sagunto
(Valencia), ha trabajado las memorias de la Fiscalía General del Estado y
muestra que la violencia de los hijos contra sus padres ha aumentado desde
2009.
Eduardo
Estellés ha llevado a cabo una profunda investigación, dentro de la tesis
doctoral que acaba de defender. Fruto de su trabajo, afirma que es
necesario volver a introducir la legislación relativa al derecho de
corrección de los padres a los hijos, que eliminó la Ley 54/2007, de
28 de diciembre.
Este juez
destaca que “la eliminación del derecho de corrección de los padres ha
producido un detrimento de la autoridad de los padres, que ha
influido en el incremento de la violencia filio-parental”.
En esta
investigación realizada para su tesis doctoral, que ha defendido en la Universidad
Católica de Valencia, el jurista ha trabajado fundamentalmente con las
memorias de la Fiscalía General del Estado: del escrutinio de los datos, se
extrae el crecimiento de la violencia de los hijos contra los padres, sobre
todo desde el año 2009.
Recoge en su
investigación la conclusión de la propia Fiscalía en su memoria de 2015 de que
este problema hunde sus raíces “en una profunda crisis de principios y
valores”, y en la memoria de 2016 subraya el “fracaso del modelo
educativo y su carencia de pautas de autoridad”.
La corrección es también denunciada
El juez destaca
que, al suprimir el derecho a corregir por parte de los padres, modificando los
artículos 154 y 268 del Código Civil realizada por la Ley de 2007, “no sólo se
ha suprimido el derecho de corregir que ostentaban históricamente los padres
respecto de sus hijos, sino que, además, no ha logrado evitar la
violencia contra los hijos”.
Asimismo,
Estellés subraya que “quien quiere pegar a su hijo, lamentablemente lo seguirá
haciendo, pero el que quiera corregir a su hijo correctamente no
puede ejercer su derecho o lo ejerce a sabiendas de que puede ser denunciado
por un delito de maltrato, amenazas, coacciones, entre otros”.
Uno de los
ejemplos que presenta Estellés en su trabajo a este respecto es el de un
padre que castigó a su hija de 15 años sin salir de casa con las amigas,
fue denunciado por ella y se le imputó un delito de detención ilegal por
retenerla en el domicilio. “No se puede corregir a los hijos, y se criminaliza
la familia y las relaciones paterno-filiales”, afirma.
Derechos y deberes de los menores
El juez expresa
que “no se trata de volver a los años cincuenta del siglo pasado, sino de
asumir el derecho de corrección actualizado, enmarcado en los derechos
constitucionales y el reconocimiento de los derechos a los menores
y su protección integral, pero sin olvidar que los menores tienen
derechos, pero también deberes legales”.
El juez
Estellés reivindica del Estado leyes justas, que permitan corregir a los hijos,
como parte del derecho de los padres a educar, a la vez que destaca que el
“maltrato nunca puede ser considerado corrección, y por supuesto debe penarse”.
Este juez ahonda
en las raíces ideológicas de la supresión de derecho de corrección de
los padres a los hijos, y apunta a “una muy potente, que es la
ideología de género, que busca hacerse con el control de la educación de los
hijos por parte del Estado, minar la autoridad de los padres y promover el
intervencionismo del Estado en la esfera familiar, y todo ello se consigue con
esta ley”.
Fuente:
ReligiónConfidencial