La Iglesia
denuncia que se prohíben a funcionarios portar símbolos religiosos, y los
evangélicos de que no pueden manifestar públicamente su fe
El
Ministerio de Justicia (a través de la Dirección General de Cooperación
Jurídica Internacional y Relaciones con las Confesiones) presenta el tercer
informe anual sobre la situación de la libertad religiosa en España
correspondiente a 2016.
El objetivo con el que se realiza este trabajo es
recabar los datos concretos que permitan conocer tanto los avances como las
dificultades que existen para una adecuada gestión de la libertad religiosa.
Para
la elaboración del informe se
han consultado a las distintas confesiones con notorio arraigo en
nuestro país: Iglesia católica, Federación de Entidades Religiosas Evangélicas
de España (FEREDE) Federación de Comunidades Judías de España (FCJE), Comisión
Islámica de España, Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días,
Testigos Cristianos de Jehová, Federación de Comunidades Budistas de
España e Iglesia ortodoxa.
La religión
mayoritaria es la Iglesia católica con 32.556.922 de bautizados, seguidos de
los 1.919.141 musulmanes. Los protestantes que pertenecen a la FEREDE
ascienden a 1.500.000 (incluyendo los que provienen de América Latina y
Europa), aunque los fieles ortodoxos también son 1.500.000.
Problemas para abrir
lugares de culto
Así,
las iglesias evangélicas denuncian que algunos ayuntamientos siguen
aplicándose requisitos desproporcionados para la apertura de lugares de culto.
Por ejemplo, en el Ayuntamiento de Madrid, las ordenanzas municipales asimilan
los lugares de culto a espectáculospúblicos y actividades recreativas
(discotecas, salas de baile, etc.), exigiéndoles los mismos niveles de
insonorización, que son prácticamente inalcanzables para los locales de las
iglesias.
En
el año 2016 FEREDE, junto al Consejo Evangélico de Madrid, solicitó un cambio
de dichas ordenanzas, por entender que vulneran el derecho fundamental de
establecimiento de lugares de culto, ofreciendo alternativas para el respeto de
este derecho y la salvaguarda de la tranquilidad de los vecinos. Sin embargo,
sostiene FEREDE que el Ayuntamiento ha denegado la solicitud.
Estos problemas también
los ha detectado la comisión islámica
Libertad religiosa
Respecto
a los problemas en el ejercicio de la libertad religiosa, la FEREDE detecta un
incremento en las dificultades que experimentan sus iglesias para
manifestar públicamente su fe, así como en la utilización de la vía pública y
otros espacios públicos para la realización de sus actividades.
A
FEREDE llegan casos de multas y sanciones impuestas a personas por el hecho de
realizar actividades de contenido religioso en la vía pública o por
repartir folletos de contenido religioso. Los ayuntamientos quieren controlar
cada vez más estas manifestaciones, normalmente coartándolas a través de sus
ordenanzas municipales.
Proliferan
declaraciones de principios y normas que parten del prejuicio de que las
comunidades religiosas deben quedar relegadas y no pueden participar en la vida
pública.
A
modo de ejemplo, FEREDE señala el caso del Ayuntamiento de Huelva, que en 2016
aprobó el Reglamento de Utilización Temporal de Edificios, Locales e
Instalaciones Municipales en Huelva, excluyendo a las entidades religiosas de
la posibilidad de utilizar espacios públicos municipales.
En el ámbito laboral
En
este ámbito, la Iglesia Católica señala que persisten las dificultades en
materia de Seguridad Social de ministros o personas vinculadas a esta
confesión que, españoles o no, se encuentran en España transitoriamente y a los
que resulta en ocasiones complejo dotar de cobertura sanitaria.
También
se observan dificultades a la hora de que los trabajadores expresen su fe
mediante símbolos religiosos en el trabajo. En este sentido, se refiere al
caso de propuestas municipales dirigidas a impedir que los funcionarios acudan
a trabajar con símbolos religiosos o, en relación con las festividades, que
solicitan la supresión del calendario civil de festividades de origen
religioso.
Se
apuntan también algunas actuaciones caracterizadas por diversas iniciativas
normativas que, en el ámbito local, impiden a cualquier autoridad pública la
asistencia a las festividades y actos de celebración religiosos. Se pueden
ver también en este sentido las propuestas denominadas “iniciativas por el
laicismo institucional y la libertad religiosa”.
Por
lo que respecta al ámbito autonómico, hay que señalar algunas disposiciones de
Comunidades Autónomas que han privado a los alumnos de Ciencias de la Salud que
están matriculados en universidades de la Iglesia católica realizar
prácticas en centros de salud públicos.
Festividades judías
La
Federación de Comunidades Judías de España señala que tiene conocimiento de
algunos casos en que los trabajadores deben solicitar días de sus vacaciones
para la celebración de las festividades judías previstas en el artículo 12
del Acuerdo con el Estado.
También
la realización de exámenes y pruebas competitivas para el acceso a la función
pública, cuando coincide con los días sagrados y sábados, ha supuesto un
problema para la comunidad ortodoxa judía. En algunos casos, los creyentes han
tenido que renunciar a su derecho a realizar la prueba.
Mujeres con hiyab
Por
su parte, la Comisión Islámica de España no señala especiales problemas en
materia de festividades religiosas alimentación halal o ayuno durante el
Ramadán. Pero sí se observa una cierta discriminación, ya repetida durante
varios años, hacia las mujeres con hiyab en las entrevistas de empleo o en
periodo de prácticas.
En
el año 2016, hay que destacar una polémica caracterizada por el uso
de hiyab que ha tenido cierta repercusión mediática. Fue el caso de una
empleada de Acciona Airport Services en Palma (Baleares), que decidió vestir
hiyab en su puesto de trabajo en el aeropuerto y fue sancionada alegándose la
falta de uniformidad requerida por la normativa de la empresa.
En
todo caso, ni el reglamento de régimen interno ni el convenio
colectivo contemplaban ese hecho como falta sancionable. Tras varias
situaciones de tensión laboral, con expedientes de sanción, la trabajadora
insistió en vestir esa prenda, llegándose a su despido disciplinario. Quedó probado
que otros trabajadores también portaban otros símbolos religiosos en su puesto
de trabajo, y que no habían sido objeto de sanciones disciplinarias.
Todas
las entidades religiosas coinciden en que se debería incrementar las acciones
pedagógicas y actuaciones educativas para dar mayor visibilidad a las minorías
religiosas para mejorar su integración social.
Fuente: ReligionConfidencial