Rafael Palomino,
catedrático de Derecho Eclesiástico, concluye que Santisteve está mal asesorado
al reclamar La Seo y La Magdalena
Rafael
Palomino, catedrático de Derecho Eclesiástico del Estado de la Universidad
Complutense y Académico Correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y
Legislación de España, autor entre otros libros de “La religión en el espacio
público” afirma que la carta del alcalde de Zaragoza Pedro Santisteve al Papa,
está llena “imprecisiones jurídicas y contradicciones. No debe tener muy buenos
asesores”.
En
su misiva al Santo Padre, fechada el pasado 3 de abril, en la que el acalde
zaragozano tutea a Francisco, asegura que “en España, las leyes del
dictador Franco, permitieron equiparar la jerarquía eclesiástica con la
Administración Pública y a los diocesanos, con notarios. O dicho de otro modo:
los obispos españoles pudieron, durante años, certificarse a sí mismos, la
propiedad de un inmueble”.
“No
es correcto”, asevera Rafael Palomino a Religión Confidencial. “El
régimen jurídico del registro hipotecario de 1947, se vio modificado en 1998
para permitir que la Iglesia Católica tuviese la capacidad de registrar a su
nombre aquellos bienes o inmuebles de los que fuese propietaria. Anteriormente, no
había una ley que permitiese a la iglesia inmatricular sus bienes”.
Por
lo tanto, en 1998 (muchos años después de Franco) se generó una procedimiento
excepcional para que un obispo pudiera registrar propiedades de la Iglesia, ya
que durante siglos, no había posibilidad de que la Iglesia inmatriculara sus
propiedades. Esta ley está actualmente derogada.
Palomino
específica a este Confidencial que el alcalde de Zaragoza confunde
inmatriculación con propiedad. “Registrar un bien es un valor probatorio
que garantiza que la propiedad me pertenece”.
Más
adelante, el propio Santisteve se contradice al escribirle al Papa lo
siguiente: “De hecho, los espacios de culto no se podían inmatricular hasta
1998”.
Equipara obispos con
notarios
Respecto
a que la dictadura permitió equiparar a los obispos con notarios, Palomino
aclara: “No es verdad. Esta afirmación es de una imprecisión enorme. En todo
caso, podríamos decir que los obispos se igualaron a funcionarios en cuanto a
inmatricular sus bienes, pero nunca a notarios”.
Además,
el catedrático de Derecho Eclesiástico asegura que Pedro Santisteve se olvida
que anteriormente a la dictadura, en España se produjo una amortización y está
demostrado que fue una expoliación en toda regla.
Otra
de las alegaciones que argumenta Santisteve al Papa es la siguiente: “Durante
décadas –desde finales de los años cuarenta hasta prácticamente ayer- cientos
de propiedades que anteriormente eran públicas o de uso común, fueron
registradas como propiedad de Obispados y Arzobispados. Sin publicidad. Muchas
veces de manera opaca”.
El
Catedrático de Derecho Eclesiástico del Estado declara: “Estas afirmaciones son
muy gratuitas. En primer lugar tiene que demostrarlo. Debe presentar un
catálogo de propiedades de la Iglesia en el que incluya, como él dice,
locales, viviendas de los curas en los pueblos, fincas, caminos y plazas, y
demostrar que pertenecían al pueblo, que fue el pueblo quien los edificó y que
los mantenía”.
Afirmaciones ligeras
Palomino
considera que, de nuevo, el alcalde de Zaragoza confunde términos. “Por
ejemplo, forma parte del Patrimonio Nacional, y por lo tanto, pertenece al
Estado, la Basílica de San Francisco el Grande, la capilla del Palacio de la
Granja, y otros templos construidos por el Estado o la Monarquía. Pero aquellos
templos que durante años han utilizado pacíficamente la Iglesia Católica, se
presupone que pertenece a ella”.
El
experto de Derecho Eclesiástico pone un ejemplo: “Si un grupo de okupas, ocupa
un inmueble de manera pacífica durante un tiempo, y nadie reclama esa
propiedad, el punto 1957 del Código Civil señala que después de 10 a 20 años,
ese bien se prescribe como propiedad de los okupas, y ellos podrían
registrarla”.
Rafael
Palomino señala que es muy fácil decir “la Iglesia es rica, se ha apropiado de
bienes del pueblo. Un político no debería incurrir en estas afirmaciones tan
ligeras, debe descender al detalle y demostrar sus alegaciones”.
Sobre Monseñor Elías
Yanes
Otra
de las cuestiones que plantea el acalde de Zaragoza es la siguiente: “De hecho,
los espacios de culto no se podían inmatricular hasta 1998. Y, sin embargo, en
1987 y 1988, el Arzobispo de Zaragoza, Monseñor Elías Yanes, inmatriculó a
su favor dos de las joyas del patrimonio de nuestra ciudad: la Iglesia de
la Magdalena y la Catedral del Salvador, que popularmente conocemos en Zaragoza
como La Seo”.
Santisteve
le comunica al Papa que el gobierno que preside ha firmado el acuerdo de llevar
a cabo las acciones necesarias para declarar nula la inmatriculación de La Seo
y La Magdalena.
¿Tiene dinero el
Ayuntamiento?
Palomino
explica que Santisteve debe aportar pruebas de que estos templos se registraron
a nombre de Yanes. Además, el ayuntamiento tiene que buscar historiadores
y expertos que demuestren que estos templos pertenecían al pueblo,
que pusieron el dinero y los terrenos, y que nunca se traspasaron las
propiedades a la Iglesia.
“Su
interés es hacer ruido. ¿El alcalde de Zaragoza se ha planteado si el
Ayuntamiento tiene dinero para sostener esos templos que son de uso de culto?
¿Con dinero público va a sostener un lugar de culto? Porque a lo mejor, los
budistas y musulmanes también van a querer que el Consistorio les mantengan sus
lugares de culto con dinero público”, manifiesta el Catedrático de Derecho
Eclesiástico del Estado de la Complutense.
Fuente:
ReligionConfidencial
