“El pacto indisoluble entre hombre y mujer no requiere, para los fines de la sacramentalidad, la fe personal de los contrayentes; lo que se requiere, como condición mínima necesaria, es la intención de hacer lo que hace la Iglesia” (Benedicto XVI)
En distintas partes del mundo, llegan a
la iglesia muchos casos de novios que quieren casarse y muestran desconocer la
doctrina católica o aun no creer en ella.
¿Pueden contraer matrimonio válido en
esas condiciones? Es un problema que menciona el documento de trabajo preparado
para el Sínodo de la Familia que ha comenzado esta semana, señalando que sobre
él hay una variedad de enfoques.
Miguel Ángel Ortiz, profesor de Derecho
Matrimonial Canónico en la Universidad Pontificia de la Santa Cruz (Roma),
publicó en la revista Palabra (abril 2015) un análisis de la cuestión.
Ofrecemos un extracto.
La Relatio Synodi de la Asamblea extraordinaria de octubre
de 2014 recogió una observación hecha por algunos Padres sinodales: “Dar
relevancia al rol de la fe de los prometidos en orden a la validez del
sacramento del matrimonio, teniendo presente que entre bautizados todos los
matrimonios válidos son sacramento”.
La observación atañe a una de las
cuestiones sobre las que frecuentemente se debate: si debe exigirse algún grado
de fe en los contrayentes para poder celebrar el sacramento del matrimonio, con
la consecuencia de que –en caso afirmativo– podrían declararse nulos los
matrimonios celebrados por las personas que carecieran del mínimo grado de fe
requerido.
El Magisterio se ha ocupado
recientemente del tema. Voy a referirme aquí a las reflexiones vertidas por los
tres últimos Pontífices.
Presunción de validez
En el último discurso a la Rota Romana
(23-01-2015), el Papa Francisco se ha referido a la relación que existe entre
la fe (o su carencia) y el matrimonio. Lo hizo subrayando las dificultades que
pueden experimentar los novios, en un contexto secularizado, para dar su
consentimiento: “El abandono de una perspectiva de fe desemboca inexorablemente
en un falso conocimiento del matrimonio, que no deja de tener consecuencias
para la maduración de la voluntad nupcial”.
En consecuencia, “el juez, al ponderar
la validez del consentimiento expresado, debe tener en cuenta el contexto de
valores y de fe –o de su carencia o ausencia– en el que se ha formado la
intención matrimonial. De hecho, el desconocimiento de los contenidos de la fe
podría llevar a lo que el Código define error que determina a la voluntad (cf.
canon 1099)”.
Ese canon establece que un error acerca
de las propiedades del matrimonio o la dignidad sacramental (…) lo hace nulo si
“determina la voluntad”, es decir, si el sujeto no está en condiciones de
elegir un verdadero matrimonio a causa de lo radicado de su error. El derecho
presume, con un razonable realismo, que normalmente ese error no está tan
radicado como para impedir un verdadero consentimiento, y en consecuencia
entiende que ordinariamente comporta una deformación ideológica pero no
necesariamente una elección “no matrimonial”. Esta presunción de validez del
matrimonio empapa todo el sistema matrimonial de la Iglesia que entiende que,
salvo prueba en contrario, las personas son capaces de hacer aquello a lo que
inclina la misma naturaleza.
Ahora bien,
continúa el Papa, en la actual situación de crisis que atraviesa la familia,
esa presunción puede resultar muy debilitada, pues, como escribió en Evangelii
gaudium n. 66, “el matrimonio tiende a ser visto como una mera forma de
gratificación afectiva que puede constituirse de cualquier manera y modificarse
de acuerdo con la sensibilidad de cada uno”. Una visión deformada del
matrimonio causada por la falta de fe podría impulsar a los contrayentes “a la
reserva mental sobre la duración misma de la unión, o su exclusividad, que
decaería cuando la persona amada ya no realizara sus expectativas de bienestar
afectivo”.
Cristianos no creyentes
También Benedicto XVI abordó el tema en
diversas ocasiones. Cuando era prefecto de la Congregación para la Doctrina de
la Fe, escribió: “Es preciso profundizar más acerca de la cuestión de si los
cristianos no creyentes –bautizados, que nunca han creído o ya no creen en
Dios– verdaderamente pueden contraer un matrimonio sacramental”.
Años más tarde, siendo ya Papa, volvió
sobre la cuestión en un encuentro con sacerdotes, en términos que muchos
interpretaron como una especie de rectificación: “Es particularmente dolorosa
la situación de los que se casaron por la Iglesia, pero no eran realmente
creyentes y lo hicieron por tradición, y luego, hallándose en un nuevo
matrimonio inválido se convierten, encuentran la fe y se sienten excluidos del
sacramento. (…) Cuando era prefecto de la Congregación para la Doctrina de la
Fe, invité a diversas Conferencias episcopales y a varios especialistas a
estudiar este problema (…). No me atrevo a decir si realmente se puede
encontrar aquí un momento de invalidez (…). Yo personalmente lo pensaba, pero
los debates que tuvimos me hicieron comprender que el problema es muy difícil y
que se debe profundizar aún más” (al clero del Valle de Aosta, 25-07-2005).
Y en un
discurso a la Rota Romana en 2013, Benedicto XVI afrontó la cuestión de la
relación entre fe y validez del matrimonio: “El pacto indisoluble entre hombre
y mujer no requiere, para los fines de la sacramentalidad, la fe personal de
los nubendi; lo que se requiere, como condición mínima necesaria, es la
intención de hacer lo que hace la Iglesia”; y añadió: “Si es importante no
confundir el problema de la intención con el de la fe personal de los
contrayentes, sin embargo no es posible separarlos totalmente”.
El matrimonio, “sacramento primordial de la Creación”
En la doctrina de Juan Pablo II, tanto
el matrimonio del principio como el de la redención son signos del amor de
Cristo hacia los hombres: antes de Cristo, como anuncio y figura del
sacramento; tras su venida, en cuanto realización de esa unión. Por ello, todo
matrimonio participa necesariamente del plano creacional y salvífico querido
por Dios: en cuanto matrimonial (no ya en cuanto sacramento de la Nueva Ley),
la unión conyugal tiene una precisa significación sacramental; por ese motivo,
Juan Pablo II se refería a la verdad originaria del matrimonio como “sacramento
primordial de la creación”.
Con estas premisas, ¿qué debe
responderse a la pregunta acerca de la validez del sacramento celebrado por
quien no tiene una fe viva y pretende casarse como los demás?
Juan Pablo II aportó una reflexión
clave: “La decisión (…) de casarse según este proyecto divino, esto es, la
decisión de comprometer en su respectivo consentimiento conyugal toda su vida
en un amor indisoluble y en una fidelidad incondicional, implica realmente,
aunque no sea de manera plenamente consciente, una actitud de obediencia
profunda a la voluntad de Dios, que no puede darse sin su gracia. Ellos quedan
ya por tanto insertados en un verdadero camino de salvación, que la celebración
del sacramento y la inmediata preparación a la misma pueden completar y llevar
a cabo, dada la rectitud de su intención”.
La “recta
intención” (“que no puede darse sin su gracia”, “aunque no sea de manera
plenamente consciente”) ha de ser vista en relación con la necesidad de que los
sacramentos presupongan la fe. La carencia de recta intención, en cambio,
invalida el matrimonio. Ello ocurre, añade, cuando “los contrayentes dan
muestras de rechazar de manera explícita y formal lo que la Iglesia realiza
cuando celebra el matrimonio de bautizados” (Familiaris consortio, n.
68).
Además, la unicidad de la realidad
matrimonial (entre el matrimonio natural y el sacramental) comporta sobre todo
que no existen en la realidad matrimonios “civiles” y “religiosos”, sino
solamente regulaciones civiles y religiosas de una realidad preexistente, que o
es matrimonial o no lo es.
La fe, elemento muy importante en el matrimonio
Según el magisterio de Juan Pablo II,
una voluntad contraria a los aspectos sobrenaturales recluida en el ámbito
ideológico o intelectual y que no impida realizar el signo sacramental (la
donación esponsal natural), no acarreará la nulidad del matrimonio. Esto es,
una voluntad “antisacramental” invalidaría el matrimonio solo si afecta a los
aspectos naturales de la conyugalidad, que constituyen precisamente el mismo
signo sacramental: en otras palabras, si se tradujese en un acto positivo de
exclusión de su unidad y fidelidad, su indisolubilidad o su apertura a la vida,
o del matrimonio mismo.
En mi opinión, la clave de lectura de la
relación entre fe y matrimonio, y en consecuencia de la incidencia que puede
tener sobre la validez del matrimonio, hay que verla en dos sentidos, como
entiendo hizo Benedicto XVI en su discurso de 2013. Por un lado, “el rechazo de
la propuesta divina (…) conduce a un desequilibrio profundo en todas las
relaciones humanas, incluida la matrimonial, y facilita una comprensión errada
de la libertad y de la autorrealización”.
Por otro, “la acogida de la fe hace al
hombre capaz del don de sí (…) La fe en Dios, sostenida por la gracia divina,
es por lo tanto un elemento muy importante para vivir la entrega mutua y la
fidelidad conyugal”.
El Papa no pretendía afirmar que la
fidelidad, como las demás propiedades, no sea posible en el matrimonio natural
celebrado entre no bautizados. “Pero ciertamente, cerrarse a Dios o rechazar la
dimensión sagrada de la unión conyugal (…) hace ardua la encarnación concreta
del modelo altísimo de matrimonio concebido por la Iglesia según el plan de
Dios, pudiendo llegar a minar la validez misma del pacto en caso de que (…) se
traduzca en un rechazo de principio de la propia obligación conyugal de
fidelidad o de los otros elementos o propiedades esenciales del matrimonio”.
Quien tiene una fe débil o prácticamente ausente es más difícil que perciba
la verdad del matrimonio, y puede verse determinado hacia un “no matrimonio”
(can. 1099) o bien excluir el matrimonio mismo o una propiedad esencial; pero
no está necesariamente abocado a ello. Por otro lado, quien está alejado de la
fe o de la práctica religiosa pero quiere realmente una unión según el proyecto
divino, se encuentra indudablemente en un camino de conversión, está tocado por
la gracia mucho más que quien pide el sacramento tibiamente. Su fidelitas
está sostenida por la fides y está abierta a la fidelidad de la alianza
divina.
Fuente: Aceprensa
Fuente: Aceprensa
