Los obispos europeos explican que estos documentos reflejan «una realidad teológica, no solo cuestiones administrativas» y piden autonomía para la Iglesia
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| Foto: OSV News photo/Gregory A. Shemitz |
Después de que se produzca una apostasía, no se destruye la partida de bautismo sino que en ella se añade una nota en la que se explica que la persona ha decidido dejar de formar parte de la Iglesia.
Ahora bien, ¿tiene derecho a exigir la destrucción de los
documentos que indican que alguna vez fue católico? Es una cuestión
técnicamente compleja cuya resolución está prevista para el próximo 1 de
octubre por parte del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el caso
C-12/25, «Bisdom Gent».
A este respecto, la Comisión de las Conferencias Episcopales de la Unión Europea
(COMECE) ha publicado este viernes un documento en el que defiende que
la legislación europea no debería obligar a la Iglesia a suprimir esas
inscripciones. Uno de sus argumentos es que las partidas de bautismo no son una mera relación de personas
que pertenecen a la Iglesia. Por eso, las anotaciones que se realizan en
sus márgenes para dejar constancia de que alguien se ha distanciado de la
Iglesia no convierten estos documentos en «listas de miembros». Según
el documento, esas anotaciones responden a exigencias derivadas de la
legislación civil y no del Derecho Canónico.
Este borrado afecta a más personas
La COMECE sostiene que borrar una partida bautismal puede
tener consecuencias que van más allá de la persona que solicita su eliminación.
Podría afectar a la información relativa a padres, padrinos y al sacerdote que
administró el bautismo y dificultaría determinadas actuaciones relacionadas con
el matrimonio. Los obispos europeos comparan esta función con la de otros
registros oficiales cuya información no desaparece simplemente porque una
persona deje de identificarse con una determinada realidad.
El documento destaca también que los registros bautismales
pueden utilizarse como prueba en procedimientos civiles. La COMECE cita casos
nacionales relacionados con sucesiones, ciudadanía, inscripción de nacimientos,
pensiones y reclamaciones de propiedad. A ello se suma su valor histórico
y genealógico para reconstruir la vida de las comunidades locales.
Es también «una realidad teológica»
La cuestión no es, por tanto, únicamente qué ocurre con los
datos personales de quien quiere abandonar la Iglesia. La COMECE considera
que está en juego también la libertad religiosa institucional. «El registro de
los bautismos refleja también una realidad teológica, no solo cuestiones
administrativas», sostiene el documento.
Por ello, la organización reclama que el derecho a la
protección de datos se pondere con la autonomía de las Iglesias y recuerda
el artículo 17.1 del Tratado de Funcionamiento de la UE, que obliga a la Unión
a respetar el estatuto de las Iglesias en los Estados miembros.
Rodrigo
Moreno Quicios
Fuente: Alfa y Omega
