Un laico puede ponerse al servicio de Dios haciendo tres votos, por eso, ser consagrado requiere de una vocación que el Señor da a los que Él llama
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| CC0 | Karl Fredrickson |
Un laico
consagrado es una persona que, sin ser sacerdote, se siente llamada a una
consagración esponsal a Dios, y para responder y estar totalmente disponible se
vincula a los consejos evangélicos de pobreza, obediencia y castidad.
Cuando son
varios, pueden vivir en un instituto de vida religiosa –coloquialmente se les
llamaría religiosos o religiosas, por ejemplo dominicos, clarisas,…- en un
instituto secular, en una sociedad de vida apostólica, en el orden de las
vírgenes o incluso no pertenecer a ningún “grupo” y vivir solos o con sus
familias, habiendo formalizado su consagración por ejemplo con su obispo.
¿Pero qué es
un laico?
"Por
institución divina, entre los fieles hay en la Iglesia ministros sagrados, que
en el derecho se denominan también clérigos; los demás se llaman laicos”, dice
el Canon (207).
La palabra
“laico” puede suscitar distintas interpretaciones, como reconoció san Juan
Pablo II en una audiencia general sobre el desarrollo y las
tendencias de la vida consagrada en los tiempos recientes en 1994.
Sin embargo, en
sentido estricto, laico es todo bautizado que no ha recibido el sacramento del
orden, ya sea “religioso” o no.
Entre los
laicos hay consagrados, cristianos que con pleno sentido y madurez, quieren
vivir su vida, por vocación, al servicio de Dios y de la Iglesia.
El canon 573 dice:
“La vida
consagrada por la profesión de los consejos evangélicos es una forma estable de
vivir en la cual los fieles, siguiendo más de cerca a Cristo, se dedican
totalmente a Dios…”.
Los institutos
de vida consagrada (los religiosos) no pertenecen a la estructura jerárquica de
la Iglesia (LG, 44) ni son un estado intermedio entre la condición
clerical y la condición laical, exigido por la constitución divina y la
jerarquía de la Iglesia (LG, 43).
Dicho de otra
manera, al lado de los clérigos está el resto de los fieles laicos, consagrados
o no.
Los fieles han
recibido desde los primeros siglos el nombre de laicos (no seglares, traducción
incorrecta y desafortunada); y la condición de laico no connota otra cosa que
la ausencia de ordenación sagrada. Por tanto, solo existen los clérigos y los
laicos, y todos los católicos son llamados fieles.
Los institutos
religiosos y los institutos seculares son las dos categorías que componen
principalmente el estado de la vida consagrada por la profesión de los consejos
evangélicos en la Iglesia.
Institutos
religiosos
Los religiosos
(hombres y mujeres) son laicos que emiten los votos en los institutos
religiosos. A estos laicos se les dice también religiosos, pero no dejan de ser
laicos.
Ahora, un laico
de cualquier instituto religioso puede ser ordenado diácono permanente o puede
ser ordenado diácono transeúnte y posteriormente sacerdote u obispo y pasa a
ser clérigo sin dejar de ser miembro del instituto religioso; o puede
permanecer toda la vida sólo como religioso (son los que llamamos hermanos
legos o hermanos laicos).
De manera pues
que no todos los religiosos (hombres) son clérigos, pero todos estos clérigos
siguen siendo religiosos, miembros del instituto religioso.
Los religiosos,
en cambio, al hacer su profesión religiosa, se ordenan con los votos de
castidad, pobreza y obediencia previamente. En el caso de los sacerdotes son
los llamados clero regular.
Dicha profesión
religiosa tiene, canónica y civilmente, efectos de ley. Por ejemplo, los bienes
muebles o inmuebles que la persona pueda tener pasan al instituto religioso en
el momento de hacer el voto de pobreza. Desde la ley civil, dichos bienes ya le
pertenecen al instituto.
Institutos
seculares
Fuera de los
institutos de vida consagrada o institutos religiosos también existen los
institutos seculares, en los cuales:
“los fieles,
viviendo en el mundo, aspiran a la perfección de la caridad, y se dedican a
procurar la santificación del mundo sobre todo desde dentro de él. Por su
consagración un miembro de un instituto secular no modifica su propia condición
canónica, clerical o laical…”. (Canon 710-711).
La modalidad de
esa consagración (mediante voto, juramento o promesa) es en todo caso una
profesión privada, no pública, de los consejos evangélicos.
Hay pues
diferencia entre voto público y voto privado. Ahora bien, cuando se habla de
votos públicos o privados, no se refiere a la gente que esté o no esté presente
en la profesión religiosa.
Es decir, una
persona puede emitir los votos públicos aunque solo estén presentes contados
miembros de la familia religiosa o puede emitir los votos privados aunque la
iglesia donde se realice la ceremonia esté a reventar de gente.
Los miembros de
los institutos seculares pueden vivir solos o con su familia o en grupos de
vida fraterna (can. 714).
Sociedades
de vida apostólica
Formando una
categoría aparte, también existen las sociedades de vida apostólica (no son
institutos de vida consagrada), cuyos miembros, sin votos religiosos, buscan el
fin apostólico propio de dicha sociedad y llevan vida fraterna en común (can. 731).
Dentro de estas
sociedades de vida apostólica hay sociedades clericales, donde existe la
posibilidad de la incardinación.
En algunos
aspectos estas tienen una legislación canónica semejante a la de los Institutos
de vida consagrada.
San Felipe Neri
puede ser considerado como el padre de las Sociedades de vida apostólica
masculinas y san Vicente de Paúl el de las Sociedades femeninas. Las sociedades
de vida apostólica pueden ser clericales o laicales, masculinas o femeninas.
Orden de las
vírgenes
Dentro de los
laicos consagrados al servicio de la Iglesia se encuentran también las mujeres
que forman parte del orden de las vírgenes. La vocación a la virginidad
consagrada ha existido desde los primeros siglos y forma parte de la Tradición.
La
palabra Ordo no hay que entenderla aquí en el sentido de las
órdenes religiosas sino en el sentido del vocabulario de las instituciones
civiles de la Roma antigua, que designaba con esta palabra, los organismos
constituidos.
Paralelamente,
la Iglesia, en su liturgia, habla del orden de los obispos, del orden de los
presbíteros y del orden de los diáconos. También el orden de los catecúmenos,
las vírgenes, etc..
El orden de las
vírgenes no es un instituto religioso ni secular, como tampoco tiene
fundadoras, ni superioras.
Gracias al
Concilio Vaticano II, se impulsó la recuperación del orden de las vírgenes. El
nuevo Código de Derecho Canónico reconoce esta forma de vida consagrada en la
Iglesia y especifica su naturaleza jurídica en el canon 604.
El obispo
diocesano es la autoridad que modera a quienes son admitidas a este
orden. A él compete reconocer, respetar y promover el orden de vírgenes,
así como realizar el discernimiento de carismas y decidir la admisión y misión
que pueden llevar a cabo.
Terciarios
En el inmenso
universo eclesial también existen (no ya como consagrados) las terceras
órdenes seculares (los terciarios), las cofradías y pías uniones.
En el caso de
las órdenes terceras éstas son unas:
“asociaciones
cuyos miembros, viviendo en el mundo y participando del espíritu de un
instituto religioso, se dedican al apostolado y buscan la perfección cristiana
bajo la alta dirección de ese instituto” (can 303).
Pueden ser
casados o solteros. El terciario soltero no es el solterón o la solterona que
quiere y no puede casarse, sino el que no se siente llamado a casarse, aunque
sí puede.
También existen
laicos que litúrgicamente prestan un servicio con lectores o acólitos. Pero
estos laicos que oficialmente prestan un servicio en la Iglesia no son
consagrados, sino instituidos.
Y hay otros
servicios laicales que se prestan sin ningún tipo de vínculo canónico y pueden
ser remunerados o tipo voluntariado.
Diferencias
y similitudes
El papa san
Juan Pablo II constató que “cuando los laicos se comprometen en el camino de
los consejos evangélicos, sin duda entran en cierta medida en un estado de vida
consagrada, muy diferente de la vida más común de los otros fieles, que eligen
el camino del matrimonio y de las profesiones de orden profano”, constató en
aquel momento.
“Sin embargo
–explicó-, los laicos consagrados pretenden conservar y consolidar su adhesión
al título de laico, en cuanto que quieren ser y afirmarse como miembros del
pueblo de Dios, de acuerdo con el origen del término laico (de laòs=pueblo),
y dar testimonio de su pertenencia sin separarse de sus hermanos ni siquiera en
la vida civil”.
Diferenciando
su vida con la matrimonial de los esposos, un joven laico consagrado explica
a Aleteia que “lo que se llama vida consagrada no creo que sea
un nivel distinto, superior, que te acerque más a Dios; lo que es distinto es
la llamada: el camino de santidad o el proyecto de Dios para cada uno”.
“Lo
verdaderamente importante es la entrega, la salida de uno mismo, la donación de
ser... –añade-. Esto es lo que hace que una vida sea "consagrada".
¡El amor, al fin y al cabo!
Henry
Vargas Holguín
Fuente: Aleteia
