Un tema delicado que es importante tocar porque, para el sacerdote, no es sencillo determinar si debe negar la sagrada comunión en algún momento
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| Dziurek |
El sacerdote
debe cuidar la santísima Eucaristía porque es Cristo mismo quien está presente
en ella. Por eso, resulta complejo determinar a quién se le puede negar la
sagrada comunión, si es que existe alguna causa que lo amerite. Veamos qué dice
la Iglesia al respecto.
Derecho
Canónico
Leemos en
el artículo 2, canon 912 de Código de Derecho Canónico que
"todo bautizado a quien el derecho no se lo prohíba, puede y debe ser
admitido a la sagrada comunión".
Además,
el canon 843 formula así:
"Los
ministros sagrados no pueden negar los sacramentos a quienes los pidan de modo
oportuno, estén bien dispuestos y no les sea prohibido por el derecho
recibirlos".
Es claro que sí
existen razones que pueden impedir al bautizado acercarse a la comunión, como
es el caso de los excomulgados, como lo marca el canon 915:
"No deben
ser admitidos a la sagrada comunión los excomulgados y los que están en
entredicho después de la imposición o declaración de la pena, y los que
obstinadamente persistan en un manifiesto pecado grave".
Por supuesto,
para que esto se lleve a efecto debe ser conocida la condición de excomunión.
Y, sinceramente, esos casos son raros.
Pecadores
"públicos"
Ahora bien, si
hablamos de los "pecadores públicos", por llamarles de algún modo
porque todos somos pecadores, es decir, personas que viven en situación de
pecado conocido como los divorciados vueltos a casar, los alcohólicos o
drogadictos, etc., - situaciones, por cierto, muy complejas - no se deben
juzgar a la ligera.
En esos casos
el sacerdote no tiene modo de adivinar si se han confesado válidamente y
recibido la absolución. Por eso, aunque sepa que la persona vive en pecado, él
no puede hacer un juicio con solo verla, por eso no debería negarle la comunión
porque la pondría en evidencia- a menos que se acerque en estado inconveniente
- .
Seamos
sinceros
Sin embargo, la
responsabilidad recae en quien sabe que vive mal. El Derecho Canónico exhorta a
los fieles de esta manera:
"Quien
tenga conciencia de hallarse en pecado grave, no celebre la Misa ni comulgue el
Cuerpo del Señor sin acudir antes a la confesión sacramental, a no ser que
concurra un motivo grave y no haya oportunidad de confesarse; y en este caso,
tenga presente que está obligado a hacer un acto de contrición perfecta, que
incluye el propósito de confesarse cuanto antes" (canon 916 ).
En conciencia,
si la persona no se ha confesado debidamente y no tiene deseos de cambiar su
modo de vivir, debe evitar acercarse a la comunión.
Mónica Muñoz
Fuente: Aleteia
