El texto recoge y reglamenta muchas reformas ya aplicadas en los últimos años. Entrará en vigor el 5 de junio, solemnidad de Pentecostés.
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Ayer,
en la solemnidad de San José, se ha promulgado la nueva Constitución Apostólica
sobre la Curia Romana y su servicio a la Iglesia y al mundo "Praedicate
evangelium". Entrará en vigor el próximo 5 de junio, solemnidad
de Pentecostés. Fruto de un largo proceso de escucha que comenzó con las
Congregaciones Generales que precedieron al Cónclave de 2013, la nueva
Constitución, que sustituye a la "Pastor bonus" de Juan Pablo II promulgada
el 28 de junio de 1988 y vigente desde el 1 de marzo de 1989, consta de 250
artículos.
El próximo lunes 21 de
marzo, a las 11.30 horas, el texto será presentado en la Oficina de Prensa de
la Santa Sede por el cardenal Marcello Semeraro, Prefecto de la Congregación
para las Causas de los Santos, por monseñor Marco Mellino, Secretario del
Consejo de Cardenales, y por el padre jesuita Gianfranco Ghirlanda, canonista y
profesor emérito de la Pontificia Universidad Gregoriana.
El texto, como se ha
dicho, es el resultado de un largo trabajo colegial, que comenzó desde las
reuniones del pre-cónclave de 2013 e implicó al Consejo de Cardenales con
reuniones desde octubre de 2013 hasta el pasado mes de febrero, y continuó bajo
la dirección del Papa con diversas aportaciones de las Iglesias de todo el
mundo.
Hay que destacar que la
nueva Constitución confirma un camino de reforma ya aplicado casi en su
totalidad en los últimos nueve años, a través de las fusiones y ajustes que se
han producido y que han dado lugar al nacimiento de nuevos Dicasterios. El
texto subraya que "la Curia Romana está compuesta por la Secretaría de
Estado, los Dicasterios y los Órganos, todos ellos jurídicamente iguales".
Entre las novedades más
significativas contenidas en el documento está la unificación del Dicasterio
para la Evangelización de la antigua Congregación para la Evangelización de los
Pueblos y el Consejo Pontificio para la Promoción de la Nueva Evangelización:
los dos responsables de los dicasterios se convierten en pro-prefectos, ya que
la prefectura de este nuevo Dicasterio está reservada al Papa. De hecho, la
Constitución dice: "El Dicasterio para la Evangelización está presidido
directamente por el Romano Pontífice".
Se crea también el
Dicasterio para el Servicio de la Caridad, representado por la “Elemosineria”,
que asume un papel más significativo en la Curia: "El Dicasterio para el
Servicio de la Caridad, llamado también “Elemosineria Apostólica”, es una
expresión especial de la misericordia y, a partir de la opción por los pobres,
los vulnerables y los excluidos, ejerce en cualquier parte del mundo la obra de
asistencia y ayuda hacia ellos en nombre del Romano Pontífice, que en los casos
de particular indigencia u otra necesidad, dispone personalmente las ayudas que
se han de asignar".
La Constitución
Apostólica presenta, en este orden, los Dicasterios de la Evangelización, de la
Doctrina de la Fe y del Servicio de la Caridad.
Otra fusión se refiere a
la Comisión para la Protección de Menores, que pasa a formar parte del
Dicasterio para la Doctrina de la Fe, continuando con sus propias normas y
teniendo su propio presidente y secretario.
Una parte fundamental
del documento se refiere a los principios generales. El preámbulo recuerda que
todo cristiano es un discípulo misionero. Entre los principios generales es
fundamental la especificación de que todos -y por tanto también los fieles
laicos- pueden ser nombrados para funciones de gobierno en la Curia Romana, en
virtud del poder vicario del Sucesor de Pedro: "Todo cristiano, en virtud
del Bautismo, es discípulo misionero en la medida en que ha encontrado el amor
de Dios en Cristo Jesús. Esto no puede dejar de tenerse en cuenta en la
actualización de la Curia, cuya reforma, por tanto, debe prever la
participación de los laicos, también en funciones de gobierno y
responsabilidad".
Además, se subraya que
la Curia es un instrumento al servicio del Obispo de Roma y en beneficio de la
Iglesia universal y, por tanto, de los episcopados e Iglesias locales. "La
Curia Romana no se interpone entre el Papa y los obispos, sino que está al
servicio de ambos en la forma propia de la naturaleza de cada uno". Otro
punto significativo se refiere a la espiritualidad: los miembros de la Curia
Romana son también "discípulos misioneros". La sinodalidad, en
particular, se destaca como una forma habitual de trabajar para la Curia
Romana, un camino ya en marcha, que debe desarrollarse cada vez más.
Otros aspectos
contenidos en el documento son el subrayado de la definición de la Secretaría
de Estado como "secretaría papal", el traslado de la Oficina del
personal de la Curia a la Secretaría de Economía (Spe), la indicación de que la
Administración del Patrimonio de la Sede Apostólica (Apsa) debe actuar a través
de la actividad instrumental del Instituto para las Obras de Religión.
También se establece que
para los clérigos y religiosos en servicio en la Curia Romana el mandato es de
cinco años y puede ser renovado por un segundo período de cinco años, al final
del cual vuelven a sus diócesis y comunidades de referencia: "Por regla general,
después de cinco años, los funcionarios clericales y los miembros de los
Institutos de Vida Consagrada y de las Sociedades de Vida Apostólica que han
servido en las Instituciones y Oficinas Curiales vuelven a la atención pastoral
en su diócesis/parroquia, o en los Institutos o Sociedades a los que
pertenecen. Si los Superiores de la Curia Romana lo consideran oportuno, el servicio podrá ser prorrogado por un
nuevo período de cinco años".
Andrea
Tornielli - Sergio Centofanti
Fuente: Vatican News