4º.- No nos parece razonado ni aceptable que el
criterio de ese mayor esfuerzo sea una limitación de aforo expresada en
términos absolutos –máximo de 25 personas por templo– cuando la superficie y
volumen de los miles de templos, ermitas y capillas que hay en Castilla y León
es muy diversa. Creemos que el criterio proporcional que se ha seguido en toda
España durante las diversas fases de la pandemia puede considerarse más
ecuánime.
5º.- El criterio del numerus clausus es además
injusto por desproporcionado, ya que impide el ejercicio del derecho
fundamental de la libertad de culto (art. 16, 1º de nuestra Constitución) a
personas que podrían ejercerlo en tantos de nuestros templos que, aun con
estricta limitación proporcional de aforo, podrían acoger a más de 25 participantes
sin poner en riesgo la salud propia y ajena.
6º.- Hemos hecho llegar a los responsables
políticos nuestra firme oposición al criterio de numerus clausus, en la
esperanza de que nuestras razones fueran escuchadas a ejemplo de lo ocurrido en
otras Comunidades autónomas que, habiendo establecido numerus clausus,
rectificaron y volvieron al criterio proporcional aplicado de manera general en
los diversos aforos.
7º.- Pedimos al Gobierno de CyL que suprima el
numerus clausus de 25 personas y permanezca la limitación proporcional y
razonada de aforos en templos, como en el resto de CC.AA. Al mismo tiempo,
manifestamos nuestro compromiso de seguir instando al pueblo cristiano a poner
en práctica las medidas acordadas por las autoridades para prevenir los
contagios.
8º.- Si reivindicamos el derecho del pueblo
cristiano a participar en la Eucaristía es porque estamos convencidos de que la
celebración de la Pascua dominical es fuente del amor y de la esperanza que
nuestra sociedad necesita especialmente en esta hora.
Fuente: Diócesis de
Segovia