¿No sería más propio que las negociaciones las
llevaran directamente los obispos de cada país?
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| Antoine Mekary | ALETEIA |
En
los últimos decenios, especialmente desde el Concilio Vaticano II, hay
cristianos que cuestionan la existencia del Estado de Ciudad del Vaticano, y
que la Santa Sede establezca convenios con los estados. Hemos visto como el papa Francisco no ha abdicado de su
función también como Jefe de Estado y de saludar a las autoridades civiles del
país que visita, a pesar –a veces—de tratarse de autoridades que no tratan muy
bien a la Iglesia.
El
cardenal Secretario de Estado, Pietro Parolin, dictó una lección magistral en la
Pontificia Universidad Gregoriana, al término de un congreso internacional
sobre “Los acuerdos de la Santa Sede con los
Estados (Siglos XIX-XXI)”, en presencia de los mayores expertos en el mundo
sobre este tema. También ha dictado otra lección magistral, en la Pontificia
Universidad Lateranense de Roma, el
arzobispo secretario para las Relaciones con los Estados, Paul Richard
Gallegher, titulada “Formar a los
operadores de paz”.
¿Debe existir el Estadio
Ciudad del Vaticano como estado independiente?
La existencia del estado más
pequeño del mundo, el Vaticano, permite que el
Papa y sus colaboradores tengan una total libertad en el ejercicio de sus
funciones, sin dependencias políticas o de otro tipo. Las turbulencias
entre el Papa y el estado italiano, desde que el Papa perdió los Estados
Pontificios (1861) terminaron con los Tratados de Letrán (1929), que incluían
un concordato con Italia, hace ahora 90 años. El Papa –quedó claro—no puede
depender del régimen político que tenga Italia o del gobierno italiano, más
cuando hasta hace poco los papas eran todos italianos e Italia casi llegó a ser
un país comunista.
¿Podrían las conferencias
episcopales u obispos del lugar llegar a acuerdos con los estados y sus
gobiernos? Sin duda. Pero los cambios políticos que se producen harían
inestables los acuerdos. Sin embargo, la Santa Sede, como sujeto de derecho
internacional, tiene muchas garantías para la iglesia local. Los acuerdos en
que llega la Santa Sede con los estados son muy diversos.
El cardenal Secretario de
Estado, Pietro Parolin, destacó, en su
lección magistral, siete puntos como
objetivos básicos a tener en cuenta la Santa Sede en sus relaciones con los
estados:
1.-
La libertad religiosa. Es un derecho humano fundamental. La Iglesia no la pide
solo para sí, sino para cualquier confesión religiosa o ninguna. La Iglesia no
pide al Estado defender a los fieles: quiere obtener un “estatuto civil” lo más
adecuado a sus necesidades, dentro de la libertad religiosa constitucional.
2.-
Los acuerdos se adaptan a las circunstancias históricas de cada pueblo. Hay situaciones
complejas, como en los países de
tradición ortodoxa (religión de Estado de facto), donde las
negociaciones no llegan a puerto. Tal es el caso de Rusia. La
Santa Sede llega a acuerdos incluso cuando es minoría, como Marruecos, Túnez,
Israel, Kazajstán, el Estado de Palestina, Azerbaiyán, Chad o República
Centroafricana, otros países de África, Asia y Oceanía, etc.
3.-
¿Existe un modelo concordatario? No. Las negociaciones para llegar a
acuerdos o concordatos con los Estados salen de iniciativas del propio Estado,
o de la Santa Sede, o lo más corriente a petición de la conferencia episcopal
del país donde se pide el acuerdo. El punto de partida de las negociaciones es
la libertad de la Iglesia en el ejercicio de su misión.
4.-
El episcopado y las conferencias episcopales. De acuerdo con el Derecho Canónico
(can.365, § 2), la Santa Sede “tiene en cuenta” al episcopado del país, aunque
el sujeto de derecho internacional de la negociación sea la Santa Sede.
5.-
¿Son necesarios los concordatos o acuerdos de la Santa Sede con los estados? Desde el principio
hasta hoy los acuerdos sirven para que los soberanos o gobiernos de los países
no se entrometan en el gobierno de la Iglesia dentro del país, como ha ocurrido
muchas veces incluso con reyes católicos. El control de la religión ha sido
siempre una tendencia de todos los gobiernos. Los acuerdos sirven también para
que la Iglesia, dentro de su país, ayude a la construcción de una sociedad
humana, justa y solidaria.
6.-
Relaciones con los estados sin ningún convenio. No siempre hay acuerdos estipulados,
aunque haya relaciones diplomáticas, como en los casos de Estados Unidos y Gran
Bretaña. Un caso análogo son los “acuerdos orales”, conocidos como “Gentelmen’s Agreement”. Tal es el caso del
Vietnam. Y un caso “sui generis” es el
acuerdo de nombramiento de obispos en China, donde ni siquiera hay un
reconocimiento diplomático formal entre la Santa Sede y la República Popular
China.
7.-
La Santa Sede y los acuerdos internacionales multilaterales.La Santa Sede participa en
reuniones internacionales donde se redactan acuerdos. Es la prueba de que hoy
la libertad religiosa, en el contexto mundial, “es una libertad de primera
importancia”, y la Santa Sede no se puede desentender de la negociación y
elaboración de textos a nivel mundial que afecten a los derechos fundamentales.
Como ejemplo está la Organización para la seguridad y cooperación en Europa
(OSCE).
Y, parafraseando al cardenal Agostino Casaroli, “lo importante no es el
concordato, sino la concordia”.
Salvador Aragonés
Fuente:
Aleteia
