La Carta Apostólica ‘Como una madre amorosa’ indica los cánones para
procesar y destituir obispos. Un nuevo paso en la ‘tolerancia cero’
Una nueva medida del papa
Francisco que permitirá juzgar a los obispos responsables de negligencia en los
casos de abusos sexuales contra menores o personas vulnerables y removerlos de
su encargo, llega hoy con la Carta Apostólica titulada “Como una madre
amorosa”.
Lo
indicó el portavoz del Vaticano, el padre Federico Lombardi, al entregar el
nuevo documento a los periodistas presentes en la Sala de Prensa.
Precisó
también que no se trata de casos de abusos por parte de obispos, lo que ya
tiene un claro camino judicial definido en la Congregación de la Doctrina de la
Fe, sino de “negligencia en actos del oficio por parte de obispos”.
Un
documento de un par de páginas que interpreta leyes del Derecho Canónico ya
existente, los cánones 193 y el 975 y algunos artículos de los mismos,
indicando que cuando se habla de negligencia por parte de obispos, en este
punto queda incluido el tema de los abusos a menores.
Por
lo tanto no se trata de una nueva ley, lo que impediría su retroactividad, sino
de una normativa sobre algunos cánones ya existentes, lo que permitirá se
puedan juzgar casos del pasado, sin que nadie se pueda valer de la facultad de
no retroactividad de una ley.
Precisó
que la fase de instrucción del proceso le compete a las congregaciones
competentes, las de: Obispos; Evangelización de los pueblos; Iglesias
orientales; Institutos de Vida Consagrada y Sociedades de Vida Apostólica.
El
portavoz fue claro al indicar que “la falta de diligencia del obispo puede
ser también ‘sin grave culpa moral’. Y que en el caso de abusos sobre menores,
es suficiente que la falta de diligencia “sea grave”, mientas que en otros
casos para la destitución es necesario que la falta de diligencia sea “muy
grave”.
“Tratándose
de decisiones importantes sobre los obispos, la aprobación específica dependerá
del Santo Padre”, dijo el director de la Oficina de Prensa del Vaticano, “lo
que no es una novedad”. En cambio sí “la constitución de un Colegio de Juristas
que asistirá al Santo Padre antes que tome una decisión definitiva” y consideró
que “se puede prever que tal Colegio sea conformado por cardenales y obispos”.
En
las causas se equiparan el obispo diocesano, el enarca, los superiores
mayores de los institutos religiosos y de las sociedades de vida apostólica de
derecho pontificio.
Fuente:
Zenit
