En vacaciones hay más misas al aire libre, especialmente en campamentos, ¿qué dice el derecho canónico sobre las misas fuera de las iglesias?
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SJMV Jeunes |
Para tener misa después de una hermosa caminata por la montaña,
para celebrar el 15 de agosto o para honrar a Dios en medio de un campamento
scout, no es raro que los sacerdotes celebren la Eucaristía fuera de las
iglesias.
Y a veces incluso en lugares singulares: los peregrinos de la Asociación de Camilleros y Enfermos de Île-de-France (ABIIF) asisten a Misa todos los años ¡en el vagón del tren que los lleva a Lourdes!
Discernimiento de los pastores
Escrito para ayudar a la santidad del pueblo de Dios, el Código de Derecho Canónico lo
ha previsto todo, o casi.
Sobre esta cuestión, la de la posibilidad de decir Misa fuera de
la iglesia, apunta, como suele suceder, al discernimiento de los pastores.
De hecho, estando abierto a otras posibilidades, recuerda que la
norma es celebrar en un lugar dedicado a ello:
“La
celebración eucarística tendrá lugar en un lugar sagrado a menos que, en un
caso particular, la necesidad exija otra cosa; en este caso, la celebración
debe tener lugar en un lugar digno”.
art. 932, §1
Una Eucaristía “dignamente celebrada”
Para celebrar misa en la parte
trasera de un kayak después de un descenso del río, o en la cima de la cumbre
escalada, tendría que haber, por lo tanto, «necesidad».
Si el derecho de la Iglesia queda parco, o vago, es para que se
haga lo que sea para el bien de los fieles, de manera que no se les impida
celebrar la misa, fuente y cima de la vida cristiana.
Al mismo tiempo, memorial de la pasión y resurrección de Jesús, la
Eucaristía debe ser celebrada con dignidad.
Si esta dignidad pasa primero por el lugar elegido para la celebración,
requiere también otros elementos para garantizar al cuerpo y a la sangre de
Cristo un marco adecuado:
“El Sacrificio
eucarístico debe celebrarse sobre un altar consagrado o bendito; fuera de un
lugar sagrado, se puede usar una mesa adecuada, conservando siempre el mantel y
el corporal”.
art. 932, §2
Si el corporal puede parecer anecdótico, el hecho de que la ley
estipule su necesidad demuestra que se trata de evitar cualquier ataque
material o moral a Jesús realmente presente bajo las especies del pan y del
vino.
El kayak inestable y la cumbre alcanzada no parecen por tanto
inapropiados.
Una instrucción publicada en 2004 por la Congregación para el
Culto Divino, que se ocupa de la liturgia en el Vaticano, añade incluso que es
necesario, para decir misa fuera de un «lugar sagrado», la autorización del
obispo responsable. Para que pueda «evaluar la necesidad» de tal enfoque.
Entendemos pues, a pesar de la popularidad de las misas al aire
libre, que en realidad deberían responder a una emergencia:
imposibilidad de asistir a misa en una iglesia en un día en que es obligatorio,
necesidad de hacer comulgar a un moribundo,…
En la historia de la Iglesia, ha sido el caso de muchos sacerdotes
encarcelados o impedidos de decir misa.
Por Valdemar de Vaux
Fuente: Aleteia Francés