Cada 19 de marzo la Iglesia celebra la Solemnidad de San José, y que
este 2021 se enmarca en el Año dedicado por el Papa Francisco al padre adoptivo
de Jesús
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San José y el Niño Jesús. Créditos: Lawrence OP (CC BY-NC-ND 2.0) |
Pero además de ser un día para recordar al patrono de la Iglesia
universal, es también “día de precepto en toda la Iglesia”, como recordó la
Archidiócesis de Madrid en un comunicado del recordó en un comunicado de 2019,
y es que así lo establece el canon 1246 del Código
de Derecho Canónico.
“La Vicaría
General recuerda a todos los miembros de la Iglesia diocesana la obligatoriedad
de participar ese día en la celebración de la Eucaristía, a no ser que, por
razones de trabajo u otras circunstancias ineludibles, exista dificultad grave
para cumplir con este precepto”, indicó entonces la Archidiócesis.
En efecto, el
canon 1246 del Código de Derecho Canónico señala que “el domingo, en el que se
celebra el misterio pascual, por tradición apostólica ha de observarse en toda
la Iglesia como fiesta primordial de precepto. Igualmente deben observarse los
días de Navidad, Epifanía, Ascensión, Santísimo Cuerpo y Sangre de Cristo,
Santa María Madre de Dios, Inmaculada Concepción y Asunción, San José, Santos
Apóstoles Pedro y Pablo, y, finalmente, Todos los Santos”.
Sin embargo,
precisa el mismo canon en el § 2, que “la Conferencia Episcopal, previa
aprobación de la Sede Apostólica, puede suprimir o trasladar a domingo algunas
de las fiestas de precepto”.
El canon 1247
añade que “el domingo y las demás fiestas de precepto los fieles tienen
obligación de participar en la Misa; y se abstendrán además de aquellos
trabajos y actividades que impidan dar culto a Dios, gozar de la alegría propia
del día del Señor, o disfrutar del debido descanso de la mente y del cuerpo”.
El canon 1248
establece luego que “cumple el precepto de participar en la Misa quien asiste a
ella, dondequiera que se celebre en un rito católico, tanto el día de la fiesta
como el día anterior por la tarde”.
Fuente: ACI
Prensa