La belleza de la verdadera laicidad es que
garantiza un espacio de neutralidad en el que germina el principio de libertad
religiosa
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| Foto: M. J. López Olmedo |
La sentencia
del Tribunal Constitucional de 10 abril 2018 desestima el recurso de 50
diputados socialistas contra la enseñanza de la Religión como asignatura en la
enseñanza Primaria y Secundaria.
Lo que viene a
decir es que la asignatura de Religión no solamente no es inconstitucional,
sino que es educativamente razonable y constitucionalmente plausible.
Lo primero,
porque ayuda al alumno a bucear en sus raíces identitarias, lo enriquece. Lo
segundo, porque es el vehículo adecuado para que se actualice al artículo 27.3
de la Constitución española: «Los poderes públicos garantizan el derecho que
asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral
que esté de acuerdo con sus propias convicciones».
Como es sabido,
Europa nace sobre tres colinas: la de la Acrópolis, la del Capitolio y la del
Gólgota. Nuestros esquemas mentales se basan en la filosofía griega; hacemos
derecho como los romanos; pero la ética que impregna una y otro es la
cristiana.
El moderno
concepto de laicidad positiva se fija en esas raíces de Occidente y anima a las
fuerzas sociales –entre ellas, las Iglesias– a contribuir a despertar
sensibilidades dormidas, valorando las fuerzas que suplen carencias
espirituales y culturales que fortalezcan el tejido social.
Esto es
precisamente lo que justifica la enseñanza de la Religión en la educación
española. La belleza de la verdadera laicidad es que garantiza un espacio de
neutralidad en el que germina el principio de libertad religiosa.
El presidente
Macron acaba de recordarlo en el país más laico del mundo: «La laicidad no
tiene como objetivo arrancar de nuestras sociedades las raíces espirituales que
nutren a tantos de nuestros conciudadanos».
Rafael
Navarro-Valls
Catedrático emérito de Derecho de la Universidad Complutense
Catedrático emérito de Derecho de la Universidad Complutense
Fuente: Alfa
yOmega
