LAS EMPRESAS EUROPEAS PUEDEN PROHIBIR EL VELO EN EL LUGAR DE TRABAJO

El Tribunal de Justicia considera que “no constituye una discriminación por motivos de religión o convicciones”

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha fallado hoy respaldando la prohibición del uso del velo islámico durante el horario laboral. Según la sentencia, se muestra que la prohibición por parte de las empresas “no constituye una discriminación directa por motivos de religión o convicciones”.

La sentencia tiene lugar tras la denuncia de una empleada musulmana, Samira Achibta, de Bélgica que perdió su trabajo tras expresar su intención de llevar el velo durante la jornada laboral.

Según explican la decisión fue legal porque “trata por igual a todos los trabajadores de la empresa, ya que les impone en particular, de forma general e indiferenciada, una neutralidad indumentaria”.

La sentencia marca jurisprudencia y es la primera vez que la justicia comunitaria aborda la problemática del uso del velo por parte de mujeres musulmanas.

El velo en el Islam

La utilización del velo en el Islam tiene un rico valor simbólico en la tradición de la mujer musulmana. Se trata un lenguaje no verbal que codifica mensajes muy variados. Para obtener más información sobre el significado del velo: El velo islámico ¿símbolo religioso, tradición cultural o instrumento de discriminación?

Álvaro Real


Fuente: Aleteia