Rezar no es delito", bajo este lema de cientos de jóvenes han acudido a rezar junto a abortorios durante las últimas semanas.
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Jóvenes han acudido a rezar junto a abortorios. Dominio público |
Este sábado entrará en vigor la
modificación del Código Penal que tras haber sido aprobada en el Congreso este
miércoles consiguió 154
votos a favor y 105 en contra, los del PP, Vox y UPN.
Así queda el artículo 172 quater del Código Penal:
“1. El que para obstaculizar el
ejercicio del derecho a la interrupción voluntaria del embarazo acosare a una
mujer mediante actos molestos, ofensivos, intimidatorios o coactivos que
menoscaben su libertad, será castigado con la pena de prisión de tres meses a un año o de
trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a ochenta días.
2.Las mismas penas se impondrán a
quien, en la forma descrita en el apartado anterior, acosare a los trabajadores del ámbito sanitario en su ejercicio
profesional o función pública y al personal facultativo o directivo de
los centros habilitados para interrumpir el embarazo con el objetivo de
obstaculizar el ejercicio de su profesión o cargo.
3. Atendidas la gravedad, las
circunstancias personales del autor y las concurrentes en la realización del
hecho, el tribunal podrá imponer, además, la prohibición de acudir a determinados lugares por tiempo
de seis meses a tres años.
4. Las penas previstas en este
artículo se impondrán sin perjuicio de las que pudieran corresponder a los delitos en que
se hubieran concretado los actos de acoso.
5. En la persecución de los hechos
descritos en este artículo no
será necesaria la denuncia de la persona agraviada ni de su
representación legal”.
La gravedad de esta modificación no
es únicamente la furibunda persecución contra los provida limitándose así su
derecho de reunión y de libertad de expresión con penas desproporcionadas. Además,
el nuevo artículo del Código Penal los
equipara a los maltratadores pues no es necesaria una denuncia previa.
Con el añadido del punto cinco en
la práctica esto supone equiparar las vigilias de oración y los rescates de los
provida a los casos de violencia de género. De hecho, el delito de coacciones,
que regula el artículo 172 originario del Código Penal está directamente
vinculado a que exista una denuncia previa por parte del coaccionado o de su
abogado. Excepto en el
caso de las víctimas de la violencia de género. Y a partir de ahora también con
los provida.
La gran beneficiada, y además gran
promotora de esta iniciativa, es la industria abortista, que gracias a la labor de los
rescatadores perdían cada año cientos de miles de euros debido a las
mujeres que voluntariamente hablaban con los jóvenes provida y decidían no
abortar al encontrar una alternativa a la muerte de su hijo.
Este miércoles desde la Cámara
Alta, el senador de Vox, Jacobo
González-Robatto, denunciaba la perversión del lenguaje cuando se habla
de “interrupción voluntaria del embarazo”, pues recordó que “abortar es matar, es acabar con la vida de un ser
humano”.
Por ello, tal y como recoge El
Debate, salió en defensa del trabajo de los rescatadores cuya
labor “consiste única y exclusivamente en una última oportunidad para las madres y para los hijos”.
Por su parte, el senador del PP, Fernando de Rosa, ha
considerado esta proposición como el “ejemplo del sectarismo del PSOE y sus
socios”. “Ustedes no están ponderando los derechos, sino que están utilizando el Código Penal
como instrumento para la difusión de su ideología y como mecanismo
para señalar a las personas que no piensan como ustedes”, añadió.
Como respuesta a esta ofensiva
contra los provida se han llevado varias iniciativas bajo el lema “Rezar no es
delito” donde cientos de
personas han desafiado al Gobierno yendo a rezar frente a conocidos
abortorios. También se han llevado a cabo iniciativas en metros, autobuses como
la de la ACDP, que aseguraba: “Rezar frente a
una clínica abortista está genial”.
Fuente: ReL